+FOTOS| Detenido exvicepresidente argentino acusado de lavado de dinero
Infobae
El exvicepresidente de Argentina, Amado Boudou, fue detenido este viernes en el edificio Madero Center, donde reside. Un grupo de agentes de la Prefectura Naval Argentina ingresó al inmueble, ubicado en Puerto Madero, con una orden de detención firmada por el magistrado Ariel Lijo.
También fue detenido por orden del juez, José María Núñez Carmona, amigo, socio y considerado como testaferro de Boudou.
La detención de Boudou se produjo días después de que, en la causa por el enriquecimiento ilícito del ex vicepresidente, el fiscal Jorge Di Lello haya pedido que varios de los imputados justifiquen el modo en el que consiguieron algunos bienes.
Lijo consideró a Boduou como el jefe de una asociación ilícita que lavó dinero. Su socio Núñez Carmona tiene el carácter de organizador de esa asociación ilícita. Para el juez hubo tres hechos de lavado de dinero por los cuales Boudou debe dar explicaciones: unos 80.000 dólares que aparecen en su patrimonio, el blanqueo que hizo su socio en el año 2009 y la compra de un departamento junto a quien era su pareja, Agustina Kämpfer.
En esa causa por enriquecimiento ilícito están investigados como testaferros de Boudou Núñez Carmona, Kämpfer, su ex empleado Alejandro Vandenbroele, entre otros. En la misma resolución de la detención, Lijo citó a indagatoria a Vandenbroele, Kämpfer y Juan Carlos López.
Entre los fundamentos esgrimidos por Lijo para detener a Boudou se halla el fallo de la semana pasada de la Cámara Federal que ordenó la detención de Julio De Vido en la causa por las irregularidades en Yacimientos Carboníferos Río Turbio.
Lijo consideró que «si bien se advierte que los imputados han cumplido con las obligaciones formales del proceso, el reciente fallo de la Sala II de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal establece nuevas pautas interpretativas al momento de valorar los riesgos procesales, en este sentido sostuvo ‘…a la hora de examinar la presencia de riesgos procesales no corresponde limitar el análisis al arraigo o la manera en que los involucrados se comportan formalmente en el proceso penal, sino que resulta especialmente relevante determinar si existen datos reales, concretos y objetivos que permitan razonablemente presumir que los lazos funcionales tejidos al amparo del acuerdo criminal se encuentran aún vigentes y pueden estar siendo utilizados en perjuicio de la investigación penal (…) precisamente (…) en el marco de un proceso que involucra la investigación de actos de corrupción complejos, que habrían sido desarrollados con la necesaria intervención de funcionarios de diversas áreas del Estado y al amparo de su estructura, durante un extenso período de tiempo'».