¡INSÓLITO! Un país latinoamericano permitirirá trabajar ebrio o drogado - 800Noticias
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La Corte Constitucional de Colombia, la más alta instancia judicial del país, ha emitido una sentencia que ampara a aquellos trabajadores que acudan a su puesto de trabajo borrachos y drogados. El fallo especifica que las personas que puedan desarrollar su actividad profesional de manera competente no pueden ser despedidos, aunque estén visiblemente intoxicados.

El tribunal colombiano ha reinterpretado una parte de un artículo del Código del Trabajo que explicita la prohibición de “presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes”. A partir de ahora, se establece que no siempre estas sustancias entorpecen las labores de los trabajadores, y por lo tanto no pueden terminar causando su despido por incompetentes.

El despido solo será válido “cuando el consumo de alcohol, narcóticos o cualquier otra droga enervante afecte de manera directa el desempeño laboral del trabajador”. Además, la sentencia equipara la adicción a las drogas con las enfermedades laborales, por lo que teóricamente abriría la puerta a que un trabajador podría solicitar la baja por encontrarse borracho o drogado. 

La sentencia viene motivada por el trabajo de dos estudiantes de la facultad de Derecho de la Universidad Uniciencia de Bucaramanga, que consideran que la ley laboral del país choca con dos artículos de la Constitución colombiana. Uno de ellos es el que garantiza la igualdad de todas las personas ante la ley y llama al Estado a proteger a aquellos que que “por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta”.  Esa debilidad podría ser considerada la drogadicción o el alcoholismo.

La sentencia especifica que no todos los trabajadores pueden acudir intoxicados a sus puestos. Queda terminantemente prohibido el consumo de alcohol o estupefacientes en “actividades que involucran riesgos para el trabajador, para sus compañeros de trabajo o para terceros”. En el resto de empleos, “no se podrán tomar medidas disciplinarias si no se demuestra por parte del empleador la incidencia negativa que el consumo de sustancias psicoactivas tiene sobre el cumplimiento de las obligaciones de los trabajadores”.

Es decir, si un bibliotecario decide consumir cocaína y un vaso de vino en su trabajo, pero es educado y es capaz de cumplir con sus tareas, no existirá motivo para sancionarle. 

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