+VIDEO| Buscan a los criminales que despeñaron a un jabalí en un parque nacional de España
El Mundo
El video que se hizo viral este jueves en el que un grupo de excursionistas despeñaba sin atisbo de humanidad a un jabalí por un barranco en la Ruta del Cares, en pleno Parque Natural de los Picos de Europa, en España, ha causado una gran indignación y vergüenza. El Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona) ha abierto una investigación para esclarecer lo sucedido y busca a los autores.
El Art.337 del Código Penal, reformado en la Ley Orgánica 15/2003 de 25 de noviembre, introdujo por primera vez, como delito, el maltrato animal en el Código Penal. Hasta entonces se trataba como una mera falta. Tras la presión de numerosas asociaciones protectoras de animales el artículo vivió otras tantas reformas hasta la última en 2015.
Es en ésta donde se amplió sustancialmente los animales protegidos penalmente, así como la introducción de otros delitos como «la explotación sexual» del animal, el abandono…»Será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual, a: – un animal doméstico o amansado- un animal de los que habitualmente están domesticados- un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o- cualquier animal que no viva en estado salvaje».
Y aquí radica el problema. El Artículo del Código Penal sólo hace referencia a los animales domésticos, no a los animales silvestre, como sería el jabalí despeñado por los senderistas. Es decir, que el Código Penal no recoge por el momento el maltrato a un animal silvestre, con lo que los excursionistas quedarían impunes.
El Partido Animalista (PACMA) denuncia que no pueden querellarse contra los senderistas porque, precisamente, los animales catalogados como «silvestres», ni siquiera «tienen ese pequeño resquicio de protección legal» del que gozan los animales domesticados.
Es decir, que pese a la crueldad de las imágenes en las que se ve como empujan al jabalí y éste se despeña por el barranco, la Ley no castiga estos hechos.»No queremos imaginar la agonía atroz y dolorosa que ha sufrido el animal asesinado por estos desaprensivos, y nos sentimos impotentes por no poder denunciarlos para que caiga sobre ellos el peso de la (escasa) ley», aseguran desde PACMA, a la vez que exigen se endurezca el Código Penal para proteger a todos los animales, silvestre o domésticos, con una Ley General de Protección Animal.