Víctimas apelan fallo que exoneró directivos en envenenamiento masivo en Panamá - 800Noticias
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EFE

Los familiares y las víctimas de los sobrevivientes de la intoxicación masiva en 2006 por envenenamiento con medicamentos fabricados por la Caja de Seguro Social de Panamá anunciaron este domingo que apelarán el fallo de la Corte Suprema de Justicia que exoneró a altos directivos de la institución de salud.

Gabriel Pascual, vocero del Comité de Familiares y Pacientes por el Derecho a la Salud y a la Vida, dijo que, están preparados para apelar y adoptar medidas de fuerza contra el fallo, indicó la edición digital del diario Panamá América.

«‘No esperábamos este fallo’, dijo Pascual, quien también expresó que ‘ha sido una burla para los envenenados por el dietilenglicol y sus familiares'».

Agregó que el veredicto protege a los verdaderos responsables de la muerte de más de 200 personas que resultaron intoxicadas, tras consumir un jarabe envenenado de la Caja de Seguro Social.

El Segundo Tribunal Superior de Justicia de Panamá absolvió al exdirector de la Caja del Seguro Social (CSS) René Luciani, a los exfuncionarios de salud pública Linda Thomas, Ignacio Torres y Pablo Solís; y a los empresarios Teófilo Gateno y Josefa De La Cruz De Seda, indicó en un comunicado el Órgano Judicial (OJ).

Thomas ocupaba la posición de jefa de laboratorio de producción de medicamentos de la CSS; Torres era asistente de farmacia en el laboratorio de control de calidad de la Caja; Solís, jefe de farmacia y drogas del Ministerio de Salud; Gateno, un empresario que opera en el área de financiación comercial; y Josefa De La Cruz, miembro de la directiva de la empresa Medicom.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia condenó a 5 años de prisión y al pago de una multa de 6.000 dólares a Ángel de la Cruz, el empresario de Medicom que importó la sustancia, que fue identificada erróneamente como glicerina pura y se uso para jarabes y pastas para la piel que el seguro repartió por miles de dosis.

Los exfuncionarios del seguro de menor rango Edward Enrique Taylor Jurado, Miguel Antonio Algandona De León, Nereida Isabel Quintero Ortíz de Velasco y Marta Cristelly Sánchez Bustamante de Castillo, otras de las personas vinculadas a este caso fueron condenadas a 12 meses de prisión conmutables y a un año de inhabilitación para ejercer funciones públicas.

A De La Cruz, quien fue el único detenido en este caso y que salió de la cárcel en noviembre de 2012 con medida cautelar de casa por cárcel, tras estar preso 6 años, se le inhabilita para funciones públicas por el mismo plazo de la condena principal.

Taylor era jefe de laboratorio de control de calidad de la Caja; Algandona, analista de laboratorio de control de calidad; Quintero, jefa de abastos; y Sánchez Bustamante, sucesora de Quintero en la dirección de abastos.

El juicio, que empezó el pasado 21 de marzo y concluyó el 8 de abril, comprendía un expediente de 367 tomos y once acusados.

Este caso, de gran revuelo en Panamá y de impacto mundial, se remonta al 2003 cuando la estatal CSS compró cerca de 9.000 kilos de supuesta glicerina pura a la empresa panameña Medicom, cuyo gestor era De La Cruz, que compró la mercancía a la farmacéutica española Rasfer Internacional S.A., que la trajo desde China.

En julio de 2011, la Audiencia Nacional española confirmó el sobreseimiento de la investigación a Rasfer, rechazando el recurso que habían presentado los afectados y la CSS de Panamá contra el archivo inicial de la causa, decretado en abril del mismo año por el juez Ismael Moreno.

Este juez entendió que la empresa farmacéutica española contra la que se querellaron las víctimas fue una «mera intermediaria comercial», según la Audiencia Nacional.

Las autoridades sanitarias distribuyeron por todo el país más de 200.000 frascos del conocido como «jarabe de la muerte», pero no fue hasta 2006 cuando se identificaron los primeros casos de envenenamiento.

Las autoridades han reconocido hasta ahora 170 muertes y más de 1.300 afectados, pero se estima que la cifra puede ser mayor.

El tribunal además condenó en abstracto (sin fijar monto) a Ángel de La Cruz por daños materiales y morales ocasionados a José López, Cristóbal Fundora, Milagros Rey y Luz María Mendieta que presentaron incidentes de daños y perjuicios derivados del delito.

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