Vea en que consiste el artículo 333 de la Constitución de Venezuela - 800Noticias
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María Morales

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, el artículo 333 establece que:

“Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia”.

La Fiscal General de la República Luisa Ortega Díaz pidió  este martes 25 de julio al pueblo a invocar el artículo 333 de la Constitución.

Luego de señalar irregularidades en el caso del magistrado Ángel Serpa y criticar la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, la Fiscal resaltó que es necesario garantizar el respeto a la Constitución.

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