Unas 51 organizaciones de DDHH exigen sobreseimiento de la causa de los bomberos de Mérida
Nota de Prensa
Organizaciones de derechos humanos de Venezuela y asociaciones universitarias suscribieron el comunicado realizado por el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) en el que se le solicita al Estado venezolano el sobreseimiento de la causa por la cual los bomberos del estado Mérida, Carlos Varón y Ricardo Prieto, están detenidos desde hace ya un mes.
Comunicado Completo:
A UN MES DE LA DETENCIÓN ARBITRARIA DE LOS BOMBEROS DEL ESTADO MÉRIDA CARLOS VARÓN Y RICARDO PRIETO
Las organizaciones de derechos humanos que suscriben expresan su profunda preocupación por la detención arbitraria y la privación ilegítima de libertad de Ricardo Antonio Prieto Parra y Carlos Julio Varón García, bomberos del estado Mérida, tras ser implicados en la difusión de un vídeo satírico en el que protestaban por las precarias condiciones de trabajo.
1. El día 12 de septiembre de 2018, cerca de las 23:00 horas fueron detenidos, sin orden judicial y sin flagrancia, Carlos Julio Varón y Ricardo Prieto Parra, funcionarios del Cuerpo de Bomberos del estado Mérida, mientras realizaban labores en la sede del Cuerpo de Bomberos en la población de Apartaderos, en Mérida, Venezuela.
2. El motivo de la detención fue la difusión en redes sociales de un vídeo en el que se puede ver a un burro que se pasea por las instalaciones de la sede del Cuerpo de Bomberos de la población de Apartaderos, refiriéndose los bomberos a este animal como si se tratara del presidente Nicolás Maduro, al que se le está informando de la situación de carencia que posee esa sede de bomberos.
3. Los funcionarios que realizaron la detención pertenecen a la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), órgano adscrito al Ministerio de la Defensa, con competencias en inteligencia y espionaje enemigo para garantizar la seguridad y defensa de la Nación.
4. En el momento de la detención los bomberos fueron interrogados sin estar presente abogado alguno siendo inducidos a declarar contra sí mismos.
5. Tras su detención fueron trasladados a la sede de la DGCIM, en la que permanecieron recluidos hasta el día 21 de septiembre de 2018. Cabe señalar que la sede de la DGCIM no es un lugar de reclusión.
6. Aunque no fueron hallados en flagrancia, la Audiencia de presentación en flagrancia tuvo lugar el domingo 16 de septiembre de 2018, ante el Juez de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Carlos Márquez Vielma.
7. El Código Orgánico Procesal Penal y la Constitución Nacional establecen un máximo de 48 horas para la presentación de detenidos ante el juez. Sin embargo Carlos Varón y Ricardo Prieto fueron presentados con más de 24 horas de retraso.
8. El Ministerio Público, a cargo del fiscal Silvio Villegas, imputó el delito de promoción e instigación al odio agravado, con pena de prisión de 20 años, de acuerdo a los artículos 20 y 21 de la Ley contra el odio por la convivencia pacífica y la tolerancia.
9. Esta ley, promulgada por la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente en fecha 8 de noviembre de 2017, fue rechazada por las organizaciones independientes de derechos humanos de Venezuela por ser violatoria de los derechos humanos y un mecanismo para criminalizar la libertad de expresión y el derecho a disentir. El Relator especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por su parte consideró dicha ley alarmante.
10. El juez de control Carlos Márquez Vielma se acogió a la solicitud del Ministerio Público, precalificando el delito de promoción e instigación al odio agravado, que estipula prisión de 20 años violando el principio de proporcionalidad.
11. El viernes 21 de septiembre de 2018 fueron trasladados al Centro de Coordinación Policial de Bailadores, Municipio Rivas Dávila, estado Mérida en donde permanecen hasta ahora. 12. La detención y procesamiento de los bomberos Carlos Varón y Ricardo Prieto vulnera el derecho a la libertad personal, los principios del debido proceso, la libertad de expresión, criminaliza la protesta pacífica, y transgrede el principio de supremacía constitucional consagrado en el artículo 7 de la Constitución Nacional. Exigimos al Estado garantizar la vida y la integridad física y mental de los bomberos Carlos Julio Varón García y Ricardo Antonio Prieto.
Exigimos al Ministerio Público del estado Mérida presentar el sobreseimiento de la causa debido a que no se ha cometido ningún delito. Exigimos al Juez Segundo de Control Penal Carlos Manuel Márquez Vielma someterse a los principios de legalidad, independencia e imparcialidad, y decretar de inmediato la libertad plena de los bomberos Carlos Julio Varón García y Ricardo Antonio Prieto Parra.
Suscriben,
1. Acceso a la Justicia 2. Acción Solidaria 3. Asociación Civil Fuerza, Unión, Justicia, Solidaridad y Paz (Funpaz) 4. Asociación Civil Justicia y Paz O.P Venezuela 5. Asociación de Profesores de la Universidad Experimental Libertador 6. Asociación de Profesores Jubilados de la Universidad Experimental Libertador, Maracay 7. Asociación de Profesores UCV 8. Aula Abierta Venezuela 9. Caleidoscopio Humano 10.Centro de Animación Juvenil 11.Centro de Justicia y Paz (Cepaz) 12.Centro Internacional de Derechos Humanos Justicia y Libertad 13.Civilis Derechos Humanos 14.Coalición Clima21 15.Codehciu 16.Comisión de Derechos Humanos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela del Estado Mérida 17.Comisión de Derechos Humanos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela del Estado Táchira 18.Comisión de Derechos Humanos de la Federación del Colegio de Abogados de Venezuela del Estado Lara 19.Comisión para los Derechos Humanos de la Universidad del Zulia 20.Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia (Codhez) 21.Convite AC 22.Defiende Venezuela 23.Epikeia Observatorio Universitario de Derechos Humanos 24.Espacio Público 25.Federación de Asociación de Profesores Universitarios de Venezuela (Fapuv) 26.Fuerza Liberal Haydee Deutsch 27.Fundación Aguaclara 28.Fundación para el Debido Proceso (Fundepro) 29.Fundación para la Prevención de la Violencia Domestica hacia la Mujer (Fundamujer) 30.Fundación para el Desarrollo de la Ciencias Integradas 31.Laboratorio Ciudadano de No Violencia Activa 32.Laboratorio de Paz 33.Las piloneras 34.Madres y Padres por los niños en Venezuela (Mapani) 35.Monitor Social A.C. 36.Movimiento Ciudadano Dale Letra 37.Movimiento SOMOS 38.Observatorio Ciudadano de Derechos Humanos CAJ 39.Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes 40.Observatorio Penal Mérida (OPEM DDHH) 41.Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres Núcleo Andino 42.Organización Stop VIH 43.Padres Organizados de Venezuela 44.Programa Educación Acción en Derechos Humanos (Provea) 45.Proiuris 46.Promoción Educación y Defensa en Derechos Humanos (Promedehum) 47.Red Andina de Derechos Humanos 48.Red de Activistas Ciudadanos por los Derechos Humanos (Redac) 49.Sociedad Hominis Iura (Sohi) 50.Un Mundo Sin Mordaza 51.Vicaría de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Barquisimeto