TSJ prohíbe a medios difundir imágenes de linchamientos en la web
Mildred Manrique
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha prohibido a los medios digitales “La Patilla” y “Caraota Digital” -y por extensión a todos los medios- la difusión de vídeos de linchamientos puesto que podrían “crear zozobra e incertidumbre en la población”.
“La decisión, con ponencia de la magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, indica que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra el derecho a la libertad de expresión y el derecho a una información oportuna y veraz. Partiendo de allí, los comunicadores sociales tienen el derecho de expresar periodísticamente un hecho noticioso y los usuarios y usuarias tienen el derecho de recibir una información adecuada, pero estos derechos no deben crear zozobra e incertidumbre en la población, ya que el ejercicio de la comunicación social debe contribuir con el desarrollo integral del individuo y de la sociedad”, señala una nota de prensa emanada desde el máximo tribunal.
Así lo dictaminó la Máxima Intérprete de la Carta Magna en su sentencia N° 429/2016, publicada este miércoles, que admitió la demanda para la protección de los derechos e intereses difusos interpuesta por el abogado Juan Ernesto Garantón Hernández contra los dos mencionados medios digitales.
La decisión, con ponencia de la magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, indica que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra el derecho a la libertad de expresión y el derecho a una información oportuna y veraz.
El Tribunal Supremo de Justicia indicó que se declara procedente la medida cautelar ya que la transmisión reiterada de estos videos podrían exaltar los hechos de violencia, que son contrarios a la esencia de convivencia social; además de fomentar la anomia, el irrespeto a las leyes y a los derechos humanos.