TSJ prohíbe a la Asamblea Nacional «dirigir» relaciones exteriores
EFE
El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) ordenó hoy a la directiva de la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) «abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores» del país o desplegar acciones que, aseguró, son atribuciones del Ejecutivo.
En la sentencia se ordena «a la Asamblea Nacional, a su Presidente, a su Junta Directiva y a sus miembros en general, abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores de la República y, en general, desplegar actuaciones que no estén abarcadas por las competencias que les corresponden», dice el fallo.
La sentencia, que el TSJ difundió en un comunicado, se sustenta en que los parlamentarios opositores, supuestamente, estarían realizando acciones «tendientes» a «solicitar la intervención de organismos e instancias internacionales en asuntos internos de la República».
En este sentido, la decisión de hoy se señala que «se observan indicios de los cuales pudiera desprenderse que el órgano legislativo ha asumido atribuciones que constitucionalmente son propias del Poder Ejecutivo».
La sentencia se produce un día después de que el presidente del Parlamento asegurara que viajará a Washington el próximo día 23 para exponer ante la Organización de Estados Americanos (OEA) lo que considera la «ruptura constitucional» del orden democrático de su país.
«Reitero que próximo 23 en mi carácter Presidente AN estaré reunión OEA Washington para exponer ruptura orden constitucional en Venezuela«, indicó el parlamentario opositor en un mensaje en Twitter.
Ramos Allup dijo en marzo pasado que el TSJ prepara una acción judicial que, según él, pretende despojar a los opositores que controlan la Cámara de su inmunidad parlamentaria para enjuiciarlos, aunque no aclaró en qué basaba su denuncia.