TSJ ordena la entrega del terreno del Museo de Transporte - 800Noticias
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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó entregar el terreno en donde funciona la Fundación del Museo de Transporte de Caracas, tras una demanda interpuesta por el Ministerio de Ecosocialismo.

La Sala Política Administrativa publicó la sentencia el jueves, 20 de junio, en la página web del TSJ. En tal sentido, declaró su competencia en el caso y emitió una resolución sobre la demanda de contrato de comodato presentada por las autoridades.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó entregar el terreno en donde funciona la Fundación del Museo de Transporte de Caracas, tras una demanda interpuesta por el Ministerio de Ecosocialismo.

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La Sala Política Administrativa publicó la sentencia el jueves, 20 de junio, en la página web del TSJ. En tal sentido, declaró su competencia en el caso y emitió una resolución sobre la demanda de contrato de comodato presentada por las autoridades.

La decisión fue firmada por el magistrado Malaquías Gil Rodríguez, presidente de la Sala Político Administrativa del TSJ. También tiene el respaldo del vicepresidente de la Sala, Juan Carlos Hidalgo y el magistrado suplente Emilio Ramos.

Incumplimiento del contrato del museo

El Poder Judicial recordó que el Museo de Transporte recibió el 4 de diciembre de 1984 un contrato de uso gratuito del terreno. Este documento sufrió varias modificaciones en 1985, 1987 y 1998, «todos ellos en las mismas condiciones».

El entonces Ministerio del Ambiente argumentó en 2010 que el Museo había incumplido el contrato. En tal sentido, alegó que el Museo de Transporte «ha cedido a terceros, mediante contratos de arrendamiento y otras figuras jurídicas», parte del terreno.

Según la demanda, estas actividades «afectan notoriamente las instalaciones, así como la colección de vehículos» del Museo. «Se realizan todo tipo de eventos festivos que implican una alta rotación de personas e ingesta de bebidas alcohólicas», acotó.

La defensa del Museo negó que se hayan destinado los terrenos para actividades que afecten las instalaciones o la colección. También desmintió que se hicieran «eventos festivos» con ingesta de «bebidas alcohólicas», según la sentencia.

Con información de Alerta24

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