TSJ declara procedente extradición de un hombre a la República de Perú
Nota de prensa
Con ponencia del magistrado Maikel Moreno, presidente del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia número 205 de la Sala de Casación Penal, se declaró procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano, Jonathan Avilés Torres, requerido por la República del Perú, para el cumplimiento en ese país de la pena de 10 años de pena privativa de libertad y el pago de la suma de quince mil nuevos soles por daños y perjuicios ocasionados a la víctima, por la comisión del delito «contra la libertad sexual-violación de persona en incapacidad de resistir”, tipificado en el artículo 172 del Código Penal peruano.
Precisa el fallo que el ciudadano solicitado no podrá ser juzgado por un delito distinto al que motivó la extradición, cometido con anterioridad a la petición, en razón de lo cual, la extradición es única y exclusivamente para el cumplimiento de la condena impuesta por el señalado delito.
Indica la sentencia del TSJ, que en el presente caso se cumplen los principios generales que regulan la materia de extradición en la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, el ciudadano podrá ejercer libremente los recursos legales previstos en el ordenamiento jurídico del país requirente, para impugnar las decisiones dictadas en su contra, además, a la pena por la que fue condenado se le debe restar el tiempo que estuvo detenido en Venezuela, es decir, desde el 21 de junio de 2017.
Finalmente, la decisión del Máximo Tribunal venezolano establece que la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta a Jonathan Avilés Torres se mantiene hasta tanto sea entregado a la República del Perú.