TSJ de Maduro pide a Parra informe sobre su proclamación - 800Noticias
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Nota de Prensa

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó este lunes a los diputados Luis Parra, Franklin Duarte y José Noriega a entregar en un plazo de cinco días las actas certificadas sobre el quórum de la sesión de la Asamblea Nacional (AN) del pasado 5 de enero, cuando se habrían posesionado como integrantes de la nueva junta directiva de ese cuerpo legislativo.

Mediante una información colocada en su cuenta de Facebook, la Sala Constitucional precisa que los mencionados parlamentarios deben consignar un informe sobre «el acto parlamentario de conformación de la nueva Junta Directiva de la Asamblea Nacional y el quórum de la sesión».

Agrega que el informe requerido debe estar acompañado de una copia certificada del acta y demás actuaciones vinculadas con la información solicitada, so pena de incurrir en las sanciones correspondientes.

Por otra parte, la Sala se declaró competente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por Enrique Ochoa Antich contra la AN y particularmente contra los diputados que «pretenden cumplir funciones en sendas juntas directivas de la Asamblea Nacional”.

Nota informativa TSJ (tal cual como fue publicada en su cuenta de Facebook)

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, ordenó notificar a los diputados que dicen integrar la nueva Junta Directiva de la Asamblea Nacional elegida, el 05 de enero de 2020, a saber: Luis Parra, Franklin Duarte y José Gregorio Noriega, a los fines de que en el lapso de cinco (5) días siguientes a su notificación, en la forma requerida en el cardinal 3 del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, remitan a esta Sala informe sobre el acto parlamentario de conformación de la nueva Junta Directiva de la Asamblea Nacional y el quórum de la sesión, tanto el de instalación como el de la aprobación de la Directiva, lo cual deberán soportar con copia certificada del acta y demás actuaciones vinculadas con la información requerida, so pena de incurrir en la sanción señalada en el artículo 122 eiusdem.

Además, se declaró competente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Enrique Ochoa Antich, contra la Asamblea Nacional y, particularmente, respecto “a los diputados Luis Parra, Franklin Duarte y José Gregorio Noriega, por un lado, y a los diputados Juan Guaidó, Juan Pablo Guanipa y Carlos Berrizbeitia, por otro lado, quienes pretenden cumplir funciones de integrantes de sendas Juntas Directivas de la Asamblea Nacional”.

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