+VIDEO | TSJ: Alcaldes del estado Miranda y Mérida deben mantener vías libres de barricadas - 800Noticias
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María Morales

Juan José Mendoza, segundo Vicepresidente del Tribunal Supremo de Justicia, informó este miércoles 24 de mayo, que tras denuncias recibidas contra los alcaldes Ramón Muchacho, Gerardo Blyde, Carlos Ocariz, David Smolansky, José Fernández, José Luis Rodríguez, Carlos García, Juan José Peña y Omar Lares , el TSJ acuerda medidas de amparo cautelares y ordena a estos, realizar acciones y recursos a fin de evitar obstáculos, mantener vías libres de barricadas entre otros, por presunta infracción al libre transito, a la salud, al trabajo, a la libertad económica y más.

El Juez señaló que si alguno de los Alcalde mencionados incumple con lo ordenado por la Sala Constitucional, recibirá la sanción prevista en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la cual señala que «Quien incumpliere el mandamiento de amparo constitucional dictado por el Juez, será castigado con prisión de seis (6) a quince (15) meses».

El máximo tribunal «admitió el día de hoy 8 demandas de protección de derechos e intereses colectivos interpuestas por habitantes de los municipios Baruta, Chacao, El Hatillo, Los Salias y Carrizal del estado Miranda, y de los municipios Libertador, Alberto Adriani y Campo Elías  de Mérida, contra los respectivos alcaldes de los mencionados entes políticos territoriales, ciudadanos Gerardo Blyde, Ramón Muchacho, David Smolansky, José Fernández, José Luis Rodríguez, Carlos García, Juan José Peña y Omar Lares, en el orden que se menciona, por la presunta infracción de los derechos al libre tránsito, a la seguridad personal, a la protección de la familia y de la niñez y la adolescencia, a la protección de los ancianos, a la salud,  al trabajo, a la educación, al deporte, a la recreación, a la libertad económica y a un ambiente sano, por el supuesto incumplimiento por parte de los mencionados alcaldes de los cardinales 2, 4, 5 y 7, del artículo 178 de nuestra Constitución Nacional, por presuntamente permitir que personas de esas localidades, coloquen obstáculos en la vía pública, quemen objetos, entre otros».

«Esta sala decidió acordar las medidas de amparo cautelares solicitadas por estos ciudadanos y en tal sentido ordenó a los referidos alcaldes, lo siguiente:  Primero, realizar todas las acciones y utilizar los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos. Segundo, proceder a la inmediata remoción de tales obstáculos y mantener  las vías y zonas adyacentes a éstas libres de barricadas, residuos, escombros y de cualquier otro elemento que pueda ser utilizado para obstaculizar la vialidad urbana». recalcó el magistrado Mendoza.

Se les ordena que desplieguen acciones preventivas y del control del delito.

Asimismo, el poder judicial exhortó a proteger a los vecinos y habitantes impidiendo reuniones en vías públicas y evitar que se consuman bebidas alcohólicas.

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