Suprema Corte de México rechaza discutir amparo sobre uso lúdico de marihuana
EFE
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México resolvió este miércoles no discutir un amparo sobre el uso recreativo de la marihuana, que guarda semejanzas con el que autorizó en 2015 el consumo lúdico para cuatro personas, y remitirlo a una instancia de justicia inferior.
Cuatro de los cinco integrantes de la Primera Sala votaron en una sesión a favor del proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que sin entrar en el fondo del tema establece que el expediente debe regresar al Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa para que este se pronuncie al respecto.
Esto porque «corresponde a los colegiados analizar las causales de procedencia que harán valer las partes», subrayó la ministra presidenta de la Primera Sala, Norma Lucía Piña.
Arturo Zaldívar fue el único ministro que se posicionó en contra del proyecto, al considerar que el amparo guarda notables similitudes con el resuelto en noviembre de 2015 por la SCJN con el que se declaró inconstitucional la prohibición absoluta del uso recreativo de la marihuana, recogida en la Ley General de Salud.
El fallo constituyó el primer paso para crear jurisprudencia al respecto, pero para esto es necesario que el máximo tribunal emita cuatro criterios más en el mismo sentido.
Rebolledo fue el único ministro que votó en contra en 2015, argumentando que los cuatro quejosos no podrían acceder de forma legítima a las semillas para cultivar su propia marihuana.
Zaldívar se posicionó hoy en contra de remitir al tribunal el amparo, promovido por el abogado Ulrich Richter después de que la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) rechazara la solicitud de producir marihuana y que un juez le negara la protección.
En relación con la causa de improcedencia señalada que tiene que ver con el «interés jurídico del quejoso», «ya hay un pronunciamiento en ese sentido», afirmó el ministro, aludiendo a la resolución de 2015.
Por otra parte, Zaldívar dijo que el proyecto de Rebolledo señala que «no se estudió (en la instancia inferior) lo que tiene que ver con que la concesión del amparo implicaría múltiples violaciones a los derechos de la sociedad y supondría la comisión de un delito para obtener la semilla».
Consideró que esta causa de improcedencia tiene que ver «con el fondo», y es una «cuestión de ponderación», como se resolvió en el amparo de hace poco más de un año.
En 2015, la SCJN consideró que Ley General de Salud es «más extensa de lo necesario» al prohibir el uso de la marihuana «en cualquier situación», lo que genera una «intensa afectación» al derecho de libre desarrollo de la personalidad y autodeterminación frente a su consumo.
Tras ese fallo, el Quinto Tribunal tendrá que decidir si el quejoso tiene un interés legítimo o si, por lo contrario, sobresee el amparo.
El exdiputado Fernando Belaunzarán, del izquierdista Partido de la Revolución Democrática (PRD), consideró «correcta» la decisión del órgano judicial, y expresó su deseo de que, si finalmente este asunto llega a la SCJN, la Primera Sala «sea consistente» con lo que resolvió anteriormente.
Recordó que son varios los amparos que están en fila para ser resueltos, tras las negativas de Cofepris de otorgar permisos y que «el balón está en la cancha de los legisladores», quienes deben asumir su responsabilidad para que puedan ser reconocidos los «derechos constitucionales» de los ciudadanos.
La discusión en México para la regulación en la materia arrancó con la aprobación en 2015 del suministro de derivados de la marihuana para varios niños enfermos.
Asimismo, en diciembre pasado el Senado aprobó el dictamen que reforma la Ley General de Salud y del Código Penal Federal para regular el uso medicinal de la marihuana.