Solicitarán a la CIDH ratificar medida de protección a Javier Tarazona
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La Fundación El Amparo solicitará a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la ratificación de la medida cautelar de protección a favor del director general de la Fundación Redes (Fundaredes), Javier Tarazona, la cual fue acordada en julio del año 2020 mediante providencia 030, según informó el presidente de la organización y diputado jubilado de la Asamblea Nacional, Walter Márquez.
Acompañado del abogado Jesús Berro, Márquez manifestó que con la detención de Tarazona el Estado venezolano desacató la medida de protección, lo que considera un precedente negativo para Nicolás Maduro por cuanto en la CIDH además de la responsabilidad personal, se establece la responsabilidad del Estado venezolano.
“Estamos en presencia de una grave violación del Estatuto de Roma en su artículo 7, por cuanto en el caso de Javier Tarazona, el allanamiento a la casa de su mamá y a la sede de Fundaredes, estamos en presencia del crimen de persecución, además del caso de detención arbitraria. Por lo tanto, al no haber estado de derecho en el país, no es necesario agotar la vía nacional y se puede recurrir directamente a la vía internacional, por lo que también invocamos la actuación de la Corte Penal Internacional (CPI) a través de la Fiscalía”, manifestó.
Por su parte, el abogado Jesús Berro explicó que como Estado parte de la CIDH, Venezuela está obligada al cumplimiento estricto de la medida y al no cumplirla, la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene mecanismos para exigir el cumplimiento de las disposiciones.
Hay una figura que se llama el control de la convencionalidad, que perfectamente lo puede habilitar el sistema con el propósito de exigirle al Estado venezolano que cumpla con lo que se le ha ordenado, y en el supuesto caso que desacate vendrán consecuencias previstas en los instrumentos internacionales”, acotó.
Sobre la detención de la madre de Javier Tarazona la noche del miércoles 14 de julio y el allanamiento a su vivienda en San Cristóbal, Jesús Berro destacó que ella está amparada en la no autoincriminación, por lo que no debería ser obligada a declarar por el nexo de consanguinidad existente.
Destacó que esta práctica policial de llevarla a declarar en calidad de detención es ilegal, por cuanto el acta de visita domiciliaria se levanta in situ, en presencia de los testigos habilitados y se deja constancia. El acta debe ser firmada por la persona visitada. “Ahora eso de trasladarla por esos mecanismos coactivos, desvincular a las comunidades para que no observen, son malas prácticas policiales que en un Estado de derecho no son concebidas”.
Con información de El Pitazo