SENTENCIA | TSJ ordena a General Motors respetar derechos de los trabajadores
AVN
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo (TSJ) ordenó a General Motors respetar los derechos de los trabajadores durante el procedimiento de la medida de embargo ejecutivo que recayó a esta empresa el 14 de abril de este año por el Juzgado Tercero de Primero de Instancia Civil, Mercantil y el Tránsito del estado Zulia.
En la sentencia 374º de 2017 se establece que “la ejecución de embargo debe cumplirse sin que se produzca la paralización de la planta, pues si bien afecta a bienes de su propiedad no está relacionado directamente con la operatividad de la misma, pues responde al cumplimiento del fallo que quedó definitivamente firme acordando el amparo constitucional ejercido contra General Motors Venezolana C.A”.
Además se fijó como inadmisible la solicitud de avocamiento que realizaron los abogados de la empresa como representantes jurídico sobre las causas que cursan en el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil en Zulia y asimismo de aquellas que cursan en el Juzgado Décimo Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de del estado Carabobo, ante un mandamiento de ejecución, relacionado con la acción de amparo interpuesta por Automotriz Latino, C.A. y El Centro Mercantil, C.A. contra General Motors.