Sector de autopartes preocupado por modificación al arancel de aduanas - 800Noticias
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800 Noticias | Agencias

A la Cámara de Fabricantes Venezolanos de Productos Automotores le preocupa que el decreto N° 4.684 limite aún más la reactivación del ensamblaje de vehículos en el país, pues la reforma permite que el Ministerio de Industria y Producción Nacional pueda otorgar certificados para importar vehículos sin pago de impuestos de importación y sin pago de IVA.

Si bien el último decreto de exoneración de impuestos a bienes importados excluyó productos y materias primas del sector de autopartes, que preocupaban a los productores nacionales, una modificación parcial en el arancel de aduanas ha devuelto el temor a los fabricantes.

“En el primer decreto de exoneración prácticamente excluyeron las autopartes, los productos automotores que nos preocupaban, también excluyeron algunas materias primas que nosotros utilizamos en la producción. Sin embargo, en el decreto de reforma parcial del arancel, hay dos aspectos que nos preocupan”, indica el presidente de la Cámara de Fabricantes Venezolanos de Productos Automotores (Favenpa), Omar Bautista.

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Bautista señala que los aspectos que le preocupan del decreto publicado en Gaceta Oficial N° 6.698 con fecha del 2 de mayo, “es la creación de una subpartida 8508 mediante la cual el Ministerio de Industria y Producción Nacional puede otorgar certificados para importar vehículos sin pago de impuestos de importación y sin pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA), lo cual pudiera dificultar más el reinicio del ensamblaje de vehículos en el país”.

El sector de autopartes es uno de los más contraídos durante la crisis económica. Solo hasta el año pasado la caída era de 90 %. A pesar del rebote que tuvo la economía en 2021 y de las proyecciones de mejora para este 2022 los fabricantes de este sector siguen entre los que menos han crecido en el último año, a diferencia de la industria farmacéutica o de alimentos, que ha venido elevando el uso de su capacidad instalada.

El segundo aspecto es que, «si bien es cierto que en el decreto de exoneración excluyeron los productos y autopartes que más nos preocupaban, en este decreto de reforma del arancel incluyeron los neumáticos y las baterías cuyas importaciones pudieran estar también exoneradas de impuesto de importación y del IVA, mediante un certificado que emitiría el Ministerio de Economía, Finanzas y Comercio Exterior. Eso crea incertidumbre a la producción nacional», dice el presidente de Favenpa.

El instrumento legal menciona rubros como vehículos, chasis, carrocerías, remolques, semirremolques totalmente ensamblados, que podrán ser importados.

Artículo 7: “Las importaciones de mercancías clasificadas en las partidas de este subcapítulo, realizadas por las personas jurídicas cuya actividad económica se corresponda con el sector automotriz, podrán ser objeto de exoneración del Arancel Externo Común fijado en la columna tres (3), así como del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en los casos que se indican a continuación”:

a) Cuando el “Oficio de Calificación de Material de Ensamblaje importado para vehículos (MEIV)” emanado del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de industrias y producción nacional indique expresamente la exoneración del Arancel Externo Común (AEC) y/o del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el caso de las mercancías clasificadas en las partidas 98.01 a 98.07.

b) En los términos y condiciones previstos en el respectivo “Certificado de Exoneración del sector Automotriz” emanado del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de industrias y producción nacional, en el caso de la partida 98.08.”.

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El presidente de Favenpa también apunta que en este decreto se mantiene una exoneración para las importaciones de neumáticos y baterías. A su juicio esto “mantendría una competencia desleal con el producto nacional, que está obligado a pagar impuestos”.

“Si bien es cierto que el decreto de exoneración excluyó las autopartes en este otro decreto de reforma del arancel entonces están creando esa misma exoneración a través de un régimen de contingente arancelario y realmente preocupa sobremanera lo que concierne a la producción nacional y la generación de empleo”, advirtió.

El Ministerio con competencia en materia de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, podrá revocar el “Certificado de Exoneración Parcial bajo Régimen de Contingente Arancelario, previa evaluación de los índices de abastecimiento y/o equilibrio en el mercado”, señala el decreto N° 4.684.

Con información de Cronica.Uno

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