Precios de servicios funerarios se fijarán en un plazo de 120 días - 800Noticias
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El Consejo Nacional Integral de Servicios Funerarios y de Cementerios será el ente encargado de fijar los precios de estos servicios, en un plazo no mayor a 120 días, según la Ley para la Regulación y Control de la Prestación del Servicio Funerario y Cementerios publicada en la Gaceta Oficial 40358 del 18 de febrero de 2014.

En las disposiciones transitorias del instrumento legal, aprobado por la Asamblea Nacional, se señala que hasta tanto no se fijen los precios de la prestación de los servicios, la cremación y traslados, entre otros, el precio de los ataúdes que cobran las empresas no será superior a su costo de adquisición en la fábrica: más 20%.

La Ley también establece que las empresas privadas que venden contratos de previsión para la prestación de servicios de funerarias y cementerios, que no estén registradas en el Consejo Nacional Integral del sector como prestadoras de estos servicios, tienen un lapso de 60 días hábiles contados a partir de la entrada en funcionamiento del organismo para registrarse.

La ley que contiene 48 artículos también establece sanciones para las empresas que se nieguen a prestar servicios gratuitos en casos especiales.
“Las empresas privadas que prestan servicio de funerarias y cementerios están obligadas a cooperar y colaborar, de manera gratuita, cuando así lo requieran las autoridades competentes, con la prestación de servicios funerarios y cementerios en aquellos casos de pobreza extrema e indigencia, que no puedan ser cubiertos por el municipio”, señala el artículo 38.

Igualmente se indica que quien incumpla esta orden será sancionado con multa de 400 unidades tributarias equivalentes a 50.800 bolívares.
Las empresas que incumplan los contratos de previsión funeraria pagarán una multa de entre 300 unidades tributarias (37.500 bolívares) y 400 unidades tributarias (50.800 bolívares). En caso de reincidencia tendrán que prestar 20 servicios funerarios y de cementerio gratuitos del mismo tipo del incumplido.

Fuente: EL NACIONAL

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