Establecen «lista de medicamentos esenciales» para farmacias del Estado
Caracas – En la Gaceta Oficial número 40.396, resolución número 189, se establece una «Lista Básica Nacional de Medicamentos Esenciales (LBNME)» la cual señala todos y cada uno de los productos que podrán ser vendidos en los establecimientos de salud del Estado, pertenecientes al Sistema Público Nacional de Salud.
En el artículo 4 de la resolución se indica que cualquier adquisición por parte de estos establecimientos de medicamentos que no estén incluidos en la lista deberá solicitarse por escrito al Despacho de la Viceministra o Viceministro de Hospitales, «anexando» una «justificación» de la compra.
En el artículo 3 de la misma resolución se indica expresamente que el expendio de medicamento sin prescripción facultativa (o del médico) sólo se hará en farmacias autorizadas por el Ministerio de la Salud.
La resolución entra en vigencia a partir de este 22 de abril de 2014.
Fuente: EL UNIVERSAL