Personas que sobornen tendrán pena entre 2 y 6 años de prisión
Dos semanas después de haber anunciado la reforma a la Ley Contra la Corrupción, el Presidente de la República, Nicolás Maduro, hizo público el texto. En el mismo se modificaron siete artículos de la norma que estaba vigente desde el 2003 y se incluyeron tres nuevos artículos.
Entre los cambios se encuentran la inclusión de los consejos comunales, las comunas, organizaciones de base poder popular, «así como cualquier otra forma de organización popular, cuando manejen fondos públicos», indica el artículo 2 del Decreto Nº 1.410, publicado en la Gaceta Extraordinaria Nº 6.155.
Así como se incluye a las organizaciones del poder popular entre los agentes a ser controlados, también deberán denunciar ante las autoridades competentes cuando tengan conocimiento de la comisión de delitos sancionados por la Ley, indica el artículo 10 de la norma.
Además, la Reforma incluye sanciones de dos a seis años para aquellas personas que intente o soborne a funcionarios públicos para resultar favorecidas. «Quien por sí o por persona interpuesta prometa, ofrezca o conceda a directivos, administradores, empleados o colaboradores de empresas, sociedades, asociaciones, fundaciones u organizaciones un beneficio o ventaja de cualquier naturaleza, para que le favorezca a él o a un tercero frente a otros, incumpliendo sus obligaciones en la adquisición o venta de mercancías o en la prestación de servicios será sancionado con pena de prisión de dos (2) a seis (6) años», estipula el artículo 47.
Otra de las modificaciones que se incorporó a la Ley Contra la Corrupción vía Habilitante es la no prescripción de las acciones judiciales en los casos de que se hayan cometido delitos contra el patrimonio público.
800Noticias / Ender Marcano