600% de sobreprecios en Constructora Sambil
Casos de usura y especulación, caracterizados por el 600% de aumento en los arrendamientos de los locales, fueron hallados este miércoles en la Constructora Sambil, ubicada en el Centro Lido, en Caracas, durante una inspección efectuada en el contexto de la ofensiva económica emprendida por el Gobierno Nacional.
El Jefe del Órgano Superior para la Defensa Popular de la Economía, el Mayor General Hebert García Plaza, destacó el caso del arrendamiento del Banco de Venezuela en el Centro Comercial Sambil de Barquisimeto, estado Lara, donde anteriormente funcionaba el Banco Federal, intervenido en 2010.
La entidad bancaria estatal debe pagar 68.425 bolívares por el alquiler, mientras que el Banco Federal llegó a pagar sólo 11.708 bolívares en un año.
En estos casos “no existe un patrón que indique que a usted se le debe aumentar el 600% al canon de arrendamiento”, explicó García Plaza, quien estuvo acompañado por representantes del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios (Indepabis), de la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop) y del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
En esta empresa “se hace un arrendamiento dependiendo de la calidad del negocio. Si es un negocio ancla (una empresa reconocida), el precio del metro cuadrado es mucho más costoso”, apuntó.
“Nosotros llegamos aquí por una queja de todos los arrendatarios, porque hay un precio excesivo en el cobro del alquiler. Escuchamos la voz de los pequeños empresarios”, dijo.
Agregó que la constructora no toma en cuenta el pago de condominio a la hora de aumentar el costo de la renta y fija un pago del 8% adicional como resultado de las ganancias mensuales.
García Plaza afirmó que el Gobierno Bolivariano revisará en profundidad este tipo de contratos para que el consumidor final no se vea afectado.
Asimismo, denunció el contenido de una de las cláusulas de los contratos, la cual establece la aplicación de una acción privada entre el arrendador y el arrendatario ante cualquier diferencia, bajo los parámetros judiciales del Centro de Arbitraje de la Cámara de Caracas, evadiendo los Tribunales de la República.
Explicó que entre las revisiones que deben aplicarse en el marco de la Ley Habilitante, se contempla la evaluación y cumplimiento de la Ley de Arrendamiento Comercial.
Información AVN