¿SE LANZARÁ A LA GOBERNACIÓN? | TSJ suspendió inhabilitación a Manuel Rosales - 800Noticias
800Noticias
Nacionales

800 Noticias

La decisión favorable al ex gobernador de Zulia está contenida en la sentencia N°  01169 redactada por la magistrada María Carolina Ameliach, presidenta de la Sala Político Administrativa y colgada en el sitio web del Alto Tribunal  la noche de este lunes.

La Contraloría General de la República inhabilitó a Rosales en el 2008 para ejercer cargos públicos por siete años y seis meses porque presuntamente causó daños al patrimonio público por otorgar contratos a dedo a las empresas Playtex y Multicolor para administrar juegos de loterías desde Zulia.

El 13 de Agosto de 2015, Nei Molero, abogado de Rosales, solicitó anular la inhabilitación toda vez que su cliente no fue notificado del procedimiento administrativo.

A continuación la decisión:

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara:

  1. COMPETENTE para conocer de la demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar ejercida por el apoderado judicial del ciudadano MANUEL ANTONIO ROSALES GUERRERO, ya identificado, contra la Resolución No. 01-00-000152, de fecha 8 de agosto de 2014, emanada de la CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA que acordó como sanción su “(…) Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por un período de SIETE (07) AÑOS y SEIS (6) MESES (…)”.
  2. ADMITE la demanda de nulidad.

3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. En consecuencia, se suspenden los efectos del acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 01-00-000152, de fecha 8 de agosto de 2014, emanada de la Contralora General de la República que acordó como sanción la “(…) Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por un período de SIETE (07) AÑOS y SEIS (6) MESES (…)”, hasta tanto se dicte la decisión de fondo que resuelva el mérito de la presente controversia.

Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República, a la Contraloría General de la República y al Consejo Nacional Electoral. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación a fin de que continúe el procedimiento correspondiente. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los treinta (30) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.

Síguenos por @800noticias