Reforma de Ley de Precios Justos prevé penas de prisión de dos a 18 años
800noticias/ Yaneth Fernández.- La reforma de la Ley de Precios Justos publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.202 que circula este martes, prevé entre las sanciones la privación de libertad para quienes incurran en la violación de la normativa que establece las condiciones para la comercialización de bienes y productos nacionales o importados.
Quienes violen de las disposiciones expuestas en la mencionada Ley están expuestos a una serie de sanciones administrativas y hasta podrían cumplir penas de prisión, dependiendo del delito.
De acuerdo a la normativa, se establecerán multas de entre 500 y 10.000 Unidades Tributarias a los comercios que incurran en la venta de productos vencidos o en mal estado. Si se trata de alimentos o medicinas vencidas que pondrán en riesgo la vida o salud de las personas se fijará entre siete y nueve años de prisión para los comerciantes.
Quien compre o enajene bienes o presten servicios a precios por encima de los fijados por la Sundde será sancionado con prisión de ocho a 10 años. Además podrán ser objetos de medida de ocupación temporal del almacén, depósito, unidad productiva o establecimiento hasta por un plazo de 180 días prorrogable, más una multa de entre 1.000 y 50.000 Unidades Tributarias.
La reincidencia será sancionada con la clausura del establecimiento.
Quienes importen o comercialicen bienes declarados nocivos para la salud y de consumo prohibido serán sancionados con prisión de seis a ocho años.
Quienes alteren la calidad de los bienes o destruyan los bienes en detrimento de la población están expuestos a cumplir una pena de prisión de entre cinco y 10 años, más el cierre temporal del inmueble y el pago de una multa de entre 500 a 10.000 Unidades Tributarias.
En caso de acaparamiento, se contemplan de ocho a 10 años de prisión, la ocupación temporal del establecimiento durante 180 días, prorrogables por una sola vez. La infracción será sancionada con multa de hasta 20%, calculada sobre el valor de los ingresos neto anuales del infractor, en el caso de los contribuyentes especiales. En caso de reincidencia aplica el 40%.
Quienes lleven a cabo acciones o incurran en omisiones que impidan la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes, así como la prestación de servicios, serán sancionados con prisión de 12 a 15 años, con la ocupación temporal del establecimiento por 180 días, prorrogables por una sola vez. La reincidencia será sancionada con la clausura del almacén.
La reventa de productos de la cesta básica o regulados a precios superiores establecidos por el Estado será sancionada con prisión de tres a cinco años, y multa de 200 a 10.000 Unidades Tributarias. Quien dirija a un grupo estructurado o asociado de personas para la comisión del delito será sancionado conforme a la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Quienes condicionen la venta de bienes regulados por la Sundde podrá ir a prisión por un plazo de tres a seis años, con una multa de entre 500 y 10.000 Unidades Tributarias.
Para el delito de contrabando de extracción se contempla una pena de prisión de 14 años a 18 años, en caso de usura la pena de prisión va entre cinco y ocho años.
La alteración de bienes y servicios o difusión fraudulenta de precios serán sancionadas con prisión de dos a cuatro años. Laalteración fraudulenta de precios será sancionada con ocho a diez años de prisión.