Quienes no retiren su propaganda electoral serán multados por Bs 105.000
Redacción. Todos aquellos candidatos que participaron en las elecciones parlamentarias celebradas el pasado 6 de diciembre, tienen hasta el 3 de enero de 2016 para retirar todo su material propagandístico o de lo contrario serán sancionados con con una multa de de hasta Bs. 105.000, según lo establece el Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) en su artículo 239.
El artículo 208 reza que “los candidatos, organizaciones con fines políticos, grupos de electores, así como las comunidades u organizaciones indígenas deberán retirar sus carteles, dibujos, anuncios u otros medios de propaganda electoral que afecten el ornato de la ciudad, dentro de los treinta (30) días siguientes a la terminación de la misma; todo ello sin menoscabo de las competencias que sobre la materia corresponden a las alcaldías al concluir el evento electoral”.
El 239 precisa que, quienes incumplan esta regulación serán sancionados con multa de quinientas Unidades Tributarias (500 U.T.) a setecientas Unidades Tributarias (700 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día de arresto por Unidad Tributaria. Eso equivale actualmente a una multa entre Bs. 75.000 y Bs. 105.000, debido a que una unidad tributaria cuesta Bs. 150.