Amparados por la impunidad los funcionarios del Estado disparan a matar y, con frecuencia, primero detienen sin que exista una situación de flagrancia u orden judicial, en ocasiones se tortura a la persona y después proceden a dar muerte incluso delante de sus familiares, imponiendo así su propia ley, decidiendo en minutos sobre la vida de un detenido. Crímenes realizados con alevosía con la convicción que no serán investigados.
La progresiva militarización de las labores de seguridad ciudadana afianzó la violencia sistemática contra la población civil, reforzó la narrativa desde las estructuras del Estado de las políticas de mano dura como las más adecuadas para combatir el ascendente problema de la delincuencia y otorgó a la Fuerza Armada un papel destacado en las labores y conducción de los operativos de seguridad ciudadana.
En Venezuela la población ha sido sometida a graves violaciones de derechos humanos, al nivel de considerarse se han cometido crímenes de lesa humanidad al menos desde 2017. En el contexto de ataques generalizados y sistemáticos que se han producido en Venezuela, las ejecuciones extrajudiciales pudiesen constituir crímenes de asesinato de conformidad con el artículo 7 del Estatuto de Roma en lo referente a los crímenes de lesa humanidad, así lo han considerado la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) y la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela establecida por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (MDH-ONU).