Patronos deben conceder permisos a sus trabajadores para ejercer el voto
Refirió el artículo 63 de la Constitución de la República, emitida en 1999 que establece que el sufragio como un derecho y se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas.
«Es por ello, que en resguardo de los derechos constitucionales de todas los ciudadanos y ciudadanas, el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo garantizará la oportunidad para votar, sin impedimento alguno, a quienes laboran el día de las elecciones», señala la misiva.
Asimismo se reitera la obligatoriedad de las entidades de trabajo en conceder permisos a sus empleados durante la jornada, de conformidad a la Ley Orgánica de Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y su Reglamento parcial sobre el Tiempo de Trabajo.
Para la garantía de este cumplimiento, el Ministerio desplegó desde este viernes 2.297 funcionarios de las Inspectorías de Trabajo, las Unidades de Supervisión, las Procuradorías de Trabajadores y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPASEL) en todo el país.
Además ha activado más de 3.000 inspectores a través de diversas empresas en todo el país, además de habilitar la línea 0800-TRABAJO (0800-8722256) y el correo electrónico trabajo@mtppst.gob.ve, para atender cualquier denuncia y velar para que este 6 de diciembre, día de las elecciones parlamentarias, cada trabajador pueda ejercer su derecho al voto.