Nicolás Maduro tiene jueces en la Corte Penal Internacional - 800Noticias
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El presidente de la Corte Penal Internacional (CPI), juez Chile Eboe-Osujidesignó a los jueces que se encargarán de revisar el “caso Venezuela”, el cual se encuentra desde el 7 febrero de 2018 en la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI. Los jueces Péter Kovács de Hungría, el francés Marc Perrin de Brichambaut y la beninesa Reine Adélaïde Sophie Alapini-Gansou, serán quienes conformen la Primera Sala de Cuestiones Preliminares y decidan si se Inicia una investigación penal contra Nicolás Maduro.

Cabe destacar que, el magistrado francés es a su vez, el segundo Vicepresidente de la CPI y encabezó hasta el mes de marzo la sala de cuestiones preliminares.

Debemos resaltar que la designación del caso a estos jueces, viene como consecuencia de la denuncia efectuada y que hizo definitivamente presión sobre la CPI, de los seis países de América: Colombia, Argentina, Perú, Paraguay, Chile y Canadá, por supuestos crímenes de lesa humanidad por parte del gobierno que preside Nicolás Maduro contra los ciudadanos venezolanos.

La llegada de esta demanda a las manos de la Fiscal Fatou Bensouda, hizo que el “Caso Venezuela” dejara el reposo en el archivo de la CPI y pasara a manos del presidente de la corte, tal y como está establecido en el reglamento, específicamente en su artículo 45:

Artículo 45

Información proporcionada por el Fiscal

El Fiscal informará por escrito a la Presidencia tan pronto como la situación ha sido remitida al Fiscal por un Estado parte de conformidad con el artículo 14 o por el Consejo de Seguridad en virtud del artículo 13, apartado b); y deberá proporcionar el Presidencia con cualquier otra información que pueda facilitar la asignación oportuna de una situación a una Sala de Cuestiones Preliminares, incluida, en particular, la intención del El fiscal presentará una solicitud en virtud del artículo 15, párrafo 3”.

Asimismo, el reglamento de la corte obliga al presidente una vez recibida la comunicación de parte de la fiscalía, designar a los jueces de la sala para que trabajen sobre el caso. Así está enunciado en el artículo 46:

Artículo 46

Sala de Cuestiones Preliminares

1. La presidencia constituirá una Sala de Cuestiones Preliminares permanentes con composiciones Reglamento de la Corte ICC-BD / 01-01-04 27

2. La presidencia asignará una situación a una Sala de Cuestiones Preliminares tan pronto como la fiscalía haya informado a la presidencia de conformidad con el artículo 45.

La Sala de Cuestiones Preliminares será responsable de cualquier asunto, solicitud o información derivada de la situación que se le asigna, salvo que, a petición de un juez presidente de una sala de juicios preliminares, el presidente de la División de Juicios Preliminares decidira asignar un asunto, solicitud o información que surja de esa situación, a otra Sala de Cuestiones Preliminares en interés de la administración de justicia.

3. Cualquier asunto, solicitud o información que no surja de una situación asignada

a una Cámara de Cuestiones Preliminares de conformidad con el apartado 2 del Reglamento, se dirigirá por el presidente de la División de Cuestiones Preliminares a una Sala de Cuestiones Preliminares de acuerdo con una lista establecida por el Presidente de esa División”.

De esta manera, y gracias a presión ejercida por la demanda de seis países, más la Unión Europea y Francia particularmente, Estados Unidos y Costa Rica, la fiscal Fatou Bensouda debió obedecer el reglamento interno de la Corte Penal Internacional y despertar la demanda contra Nicolás Maduro por crímenes de lesa humanidad y enviarla a la presidencia del juez Chile Eboe-Osuji, para que éste designara jueces y encienda una luz a quienes exigen justicia en Venezuela.

Con información de: Venepress

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