MP no fue capaz de presentar elementos para acusar a 80% de los detenidos en protestas
Luego de analizar 37 expedientes de tribunales penales del Área Metropolitana de Caracas y los Altos Mirandinos, que involucran a 399 personas, el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello concluyó que el Ministerio Público no fue capaz de presentar elementos de convicción para acusar y pasar a juicio a 80% de los detenidos durante las protestas antigubernamentales de 2014.
«La existencia de una sola privativa de libertad y una libertad plena dan cuenta de la arbitrariedad de las detenciones y la irregularidad de los procesos posteriores, toda vez que en el 80% de los casos, ha sido solicitado y/o acordado el sobreseimiento de las causas», señala el resumen ejecutivo del informe que lleva por nombre: «Hasta que se demuestre lo contrario. Violaciones al debido proceso a personas enjuiciados por manifestar». Ocho de los expedientes estudiados, correspondientes a 75 personas, permanecen sin acto conclusivo.
La investigación del CDH-UCAB también arroja que la mayoría de los detenidos fue sometida a régimen de presentación periódica, y que a algunos detenidos se impuso prohibición de volver a participar en manifestaciones, sin la debida motivación de esta medida ilegal e inconstitucional.
Ligia Bolívar, directora del CDH-UCAB, explica que la normativa aplicada en contra de las personas aprehendidas durante manifestaciones es restrictiva del derecho a la manifestación pacífica, pues califica como violentas ciertas expresiones de protesta que resultan válidas en una sociedad democrática.
En el análisis se pudo comprobar que en los casos de detenciones masivas, ni el Ministerio Público, ni los tribunales ajustaron las imputaciones a la exigencia de todo proceso penal de individualizar el hecho, es decir, establecer una relación directa entre una conducta y su presunto ejecutor, limitándose a la formulación de acusaciones genéricas que violentan principios básicos del debido proceso.
Asimismo, las actas examinadas por los abogados del CDH-UCAB no dejan constancia del o los delitos que presuntamente originaran la detención. Además, en aquellos casos donde los aprehendidos pudieron ejercer derecho de palabra en el juzgado, éstos expresaron que nunca les notificaron las razones de su detención; y aunque en la mayoría de los casos se alegó flagrancia, la presentación ante tribunales sobrepasó el tiempo establecido por el procedimiento penal para estos casos.
En este sentido, el CDH-UCAB registra que el derecho a la defensa se vio obstaculizado, especialmente por la imposibilidad a que los detenidos tuvieran una entrevista con sus abogados durante las 36 o 48 horas de detención preventiva. Además se evidencia la imposición de defensores de oficio, sin el conocimiento de las familias, los abogados o los mismos detenidos.
Los investigadores también hallaron 29 denuncias de maltrato, de las cuales 17, es decir cerca del 60%, se mantiene sin seguimiento. Pese a que muchos detenidos mostraban señales visibles de lesiones al momento de su traslado a tribunales, rara vez éstas fueron tomadas en cuenta por los jueces, quienes no ordenaron apertura de investigaciones al respecto, y en los casos en que se ordenó, las misas no han mostrado progreso alguno, explica Bolívar.
Cabe recordar que la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) ha destacado que «la participación política y social a través de la manifestación pública es esencial en la vida democrática de las sociedades», ante lo cual el CDH-UCAB advierte que en Venezuela se ha venido restringiendo progresivamente el derecho a la protesta pacífica.
Info Centro de Derechos Humanos UCAB