Magistrados pudieran recibir hasta 16 años de cárcel por insubordinación
Con información de sieteclicks.com
El exmagistrado Perkins Rocha señaló que los integrantes de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) violaron el artículo 132 del Código Penal al abrogar las facultades del Parlamento en la sentencia 156, que fue “modificada” el 1 de abril.
Los jueces estarían cometiendo el delito de “insubordinación al orden constitucional”, añadió Rocha, quien explicó que para que se establezcan responsabilidades disciplinarias (como la destitución) a algún magistrado debe abrirse un expediente administrativo en el Consejo Moral Republicano.
El exmagistrado subrayó que “no existe en el ordenamiento jurídico ni en las normas procesales la forma de aclaratoria de oficio”, término que utilizó el TSJ para hacer referencia a las sentencias 157 y 158 que modifican los fallos 155 y 156.
“El Código de Procedimiento Civil dice, en su artículo 252 que la sentencia que haya sido emitida no podrá ser revocada”, sentenció.
El experto aseveró que el orden constitucional no se restituye con la modificación de las sentencias 155 y 156. “Hay que barrer las 52 sentencias anteriores que ha dictado la Sala Constitucional y que se fundan en la tesis del desacato y el Presidente debe reconocer a la Asamblea Nacional”, concluyó.