La píldora del día después se une a la lista de polémicas en Costa Rica
EFE
Las autoridades de Costa Rica analizan la aprobación del registro sanitario para la píldora del día después, pero la discusión sobre su venta se ha llenado de polémica dentro del mismo Gobierno, como ha ocurrido con otros temas sensibles como el aborto terapéutico.
El Ministerio de Salud ha informado que la píldora Levonorgestrel está en el proceso respectivo de registro, aunque no se ha hablado de un plazo determinado para concluir el análisis.
Lo que sí ha dicho el Ministerio de Salud es que si finalmente se aprueban los permisos para la pastilla, el producto se vendería en farmacias exclusivamente con receta médica.
Esta afirmación ha generado una polémica dentro del mismo Gobierno, pues el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) exigió este martes que la píldora sea de venta libre, al considerar que cualquier limitación constituiría «una restricción innecesaria y sin sustento técnico».
«Si una mujer es víctima de violación o si tuvo una relación sexual de riesgo, debe tener la opción de acceder libremente a la píldora de anticoncepción de emergencia. Este medicamento es anticonceptivo, como lo es el preservativo, el dispositivo DIU y otros métodos que permiten la planificación familiar», se indica en un pronunciamiento del Inamu.
La institución explicó que la pastilla «impide a la mujer quedar embarazada, porque actúa sobre la ovulación, evitándola o retrasándola» lo que significa que «la anticoncepción de emergencia no puede interrumpir un embarazo concebido».
«El uso de la anticoncepción de urgencia no tiene ninguna contraindicación médica ni tampoco ningún límite de edad», afirmó el Inamu.
Grupos conservadores y religiosos como la Iglesia Católica han mostrado su oposición a este método anticonceptivo.
Este es uno de los tantos temas polémicos que discute Costa Rica, entre los cuales se encuentra también el aborto terapéutico, el único legal en el país.
La principal queja de organizaciones defensoras de los derechos humanos es la ausencia de una norma técnica que clarifique los casos y momentos en que se debe aplicar el aborto terapéutico.
El presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado, ha anunciado que firmará la norma técnica este año, pero no ha precisado una fecha.
Sin conocer el contenido de la norma, en enero pasado el Congreso costarricense aprobó una moción, que no es vinculante para el Ejecutivo, en la que insta al presidente a no firmarla.
La moción insta a Alvarado a que «se abstenga de emitir o ampliar vía decreto, interpretación, regulación, protocolo, reforma legal o cualquier norma en relación al aborto impune del artículo 121 del Código Penal».
Los diputados conservadores consideran que la norma técnica podría ser un «portillo» para otros tipos de aborto e impulsan iniciativas como por ejemplo crear el Día Nacional de la Vida antes de Nacer.
El artículo 121 del Código Penal señala que: «no es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios».
Sin embargo, organizaciones defensoras de derechos humanos, el Inamu y la Defensoría de los Habitantes han urgido repetidamente la firma de la norma técnica.
En la lista de temas polémicos relacionados a derechos humanos se encuentra también la identidad de género y el matrimonio igualitario, que parece que poco a poco están siendo superados.
La Sala Constitucional avaló en marzo pasado la decisión del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), que tiene a cargo el Registro Civil, de eliminar en las cédulas de identidad la letra M o F que indicaban el sexo de la persona.
El TSE tomó esa decisión para respetar la identidad de género, pero se topó con la oposición de grupos conservadores que incluso impulsaron una medida de presión para que la gente solicitara la cédula repetidamente con el fin de lograr que se indicara su sexo en el documento.
Por su parte, el matrimonio igualitario será una realidad a partir de mayo de 2020 cuando se venza un plazo de 18 meses dado por la Sala Constitucional al Congreso para que legisle al respecto. Si los diputados no legislan, quedarán derogados los artículos de leyes que prohíben el matrimonio gay.