IPYS: La escalada de la censura digital en Venezuela
Con información de IPYS
La censura digital en Venezuela se ha masificado. El Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela constató 881 episodios de bloqueos en 144 páginas web y plataformas digitales entre el 1 de enero y el 25 de julio de 2019. Las evidencias arrojaron que la mayoría de las afectaciones ocurrieron en los portales informativos, y se ejecutaron principalmente desde las conexiones de CANTV, Movistar, Digitel, Inter y Movilnet. Estos proveedores de servicio de internet, privados y estatales, compartieron la misma práctica de censura al efectuar bloqueos intermitentes, unos temporales y otros continuos, durante el período en el que esta organización revisó las incidencias.
La verificación de estas medidas de censura en internet se realizó con base en los datos del sistema demonitero de Derechos Digitales de IPYS Venezuela, los casos reportados por el observatorio de internet, Netblocks, y mediante la herramienta OONI Explorer, un mapa global que proporciona una ubicación para explorar e interactuar con todas las mediciones de red que se han recopilado a través de pruebas del Observatorio Abierto de Interferencia en la Red (OONI, por sus siglas en inglés) desde 2012 hasta la fecha.
El levantamiento de estos datos permitió identificar que el acceso a los contenidos de 38 de los 144 espacios digitales que se ubican en el registro fue interrumpido arbitrariamente en Venezuela por bloqueos por HTTP, DNS e IP, en al menos 10 oportunidades. En los hallazgos de este estudio destaca que de las diez plataformas más restringidas, siete de ellas corresponden a los medios de comunicación digitales: NTN24, VIVOplay, El Pitazo, VPItv, El Nacional, Aporrea y Noticia al día. La principal plataforma bloqueada fue Youtube, y luego también aparecieron altas frecuencias de censura en contra de las herramientas de comunicación Google y el servicio VPN TunnelBear.
El acceso a Youtube fue el más obstaculizado al sumar 41 bloqueos intermitentes por HTTP e IP, desde los proveedores de Cantv, Movistar, Digitel y Movilnet. Estas dos modalidades fueron las mismas que censuraron a las plataformas de Google y TunnelBear. Los registros de OONI indicaron que las vulneraciones contra los servicios de Google sólo se ejercieron desde Cantv, pero en el caso de TunnelBear las medidas restrictivas fueron además realizadas por la compañía Movistar.
Con un total de 28 bloqueos, el sitio informativo NTN24 fue víctima de las tres modalidades de censura digital, mientras que la televisora digital VIVOplay, que sufrió la misma cantidad de restricciones, la bloquearon por solo dos de ellas, DNS e IP. Estos fueron los dos medios que padecieron el mayor número de interrupciones, seguidos por el sitio de noticias independiente El Pitazo, que sumó 27 impedimentos a la libre difusión de sus informaciones.
Los datos recabados demuestran que las operadoras Cantv, Movistar y Digitel coinciden como responsables en las limitaciones a estos tres medios digitales, y que estas acciones se implementaron de manera continua desde el mes de enero hasta julio. Otros de los proveedores que también emplearon estos bloqueos fueron la empresa de telecomunicaciones Inter, que afectó el acceso de los usuarios a NTN24 y VIVOplay, y la compañía Supercable que censuró a la página de El Pitazo.
Desde 2017 El Pitazo ha vinculado su página web a otros cuatro dominios como estrategia para evadir la censura que se ha aplicado a este medio digital bajo las modalidades de bloqueo por HTTP y DNS. Sin embargo, estos mecanismos de silenciamiento también bloquearon a su cuarto dominio, elpitazo.net. Siendo esta restricción comprobada por IPYS Venezuela con el apoyo de su Red Nacional de Corresponsales mediante una serie de pruebas que se corrieron a través de la metodología OONI, durante el 17 y 18 de junio de 2019.
IPYS Venezuela tuvo acceso a correos internos de Conatel en los que ordenaba a las teleoperadoras móviles privadas Movistar y Digitel ejecutar algunos de estos bloqueos. Sin embargo, Estas acciones se han ejecutado sin cumplir el principio del debido proceso y bajo un fenómeno de opacidad, pues se desconocen los criterios y no hay información clara sobre este tipo de medidas.
Para leer informe completo-> IPYS