IGTF deberá reflejarse en las facturas
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Según la normativa publicada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) y que entrará en vigencia el 28 de marzo, los comercios receptores del impuesto deberán ajustar la máquina fiscal para que sea reflejado el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF).
Esto a fin de que se pueda reflejar en la factura la alícuota impositiva y el impuesto a las grandes transacciones financieras correspondiente, por las operaciones en divisas y en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por el país.
Para los que emitan facturas en formato o forma libre, “deberán reflejar en la factura la alícuota impositiva y el monto del impuesto a las grandes transacciones financieras por las operaciones” en moneda distinta a la de curso legal en el país.
Con información de Descifrado