Gobierno de Maduro negó «desapariciones forzadas» ante el Comité DDHH de la ONU - 800Noticias
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En el examen de la presentación de su «informe periódico» sobre el cumplimiento del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, ante el Comité de 18 expertos elegidos por el voto secreto de los 173 países que ratificaron dicho Pacto, la delegación del gobierno de Nicolas Maduro, negó las «denuncias» de «desapariciones forzadas», y «criticó» las «fuentes», del Comité, de acuerdo a sus «observaciones finales» del examen, publicado en Ginebra.

«Al Comité le preocupa seriamente las denuncias de casos de desaparición forzada, incluido de corta duración, de ejecución extrajudicial y sumaria, y de otras formas de uso ilícito de la fuerza atribuidos a autoridades estatales, fuerzas militares, servicios de inteligencia civil y militar, así como a grupos armados privados, («los colectivos»), presuntamente financiados o tolerados por las autoridades estatales», revela el informe, sobre un Pacto ratificado por Venezuela en 1978.

«También preocupan las denuncias relativas al recurso arbitrario a la detención y la privación arbitraria de libertad, incluida reclusión en régimen de incomunicación en «casas clandestinas», sin que se respeten las garantías jurídicas mínimas básicas, así como la privación de la vida por motivos políticos o contra personas vistas como opositores al gobierno», precisa el Comité, tras su examen oral con los representantes del Estado venezolano, del 10 y 11 de octubre pasado.

Asimismo «preocupa la alarmante impunidad en relación con los casos denunciados y lamenta profundamente que la delegación haya negado esas denuncias y criticado las fuentes de las denuncias de desapariciones forzada y ejecuciones extrajudiciales en su dialogo con el Comité», un hecho sin precedentes, ahora de dominio público en Ginebra. Careciendo de datos oficiales, las denuncias de ONG’s, y notas periodísticas, del 2000 a la fecha, al menos serían 14.000 víctimas, tomando en consideración ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas.

En consonancia, el Comité le formuló a Venezuela una serie de recomendaciones, empezando por «revisar el marco jurídico para asegurarse de que todas las formas de desaparición forzada, incluido de corta duración, estén claramente definidas en el derecho penal y que las penas asociadas sean proporcionales a la gravedad del delito, de conformidad con las normas internacionales, y velar por que esas disposiciones penales se apliquen en la práctica».

La encomió «garantizar que todas las personas privadas de libertad sean recluidas únicamente en establecimientos oficiales y gocen de todas las garantías jurídicas, incluido el acceso a un abogado, el contacto con un familiar, y que sean llevadas sin demora ante un juez». Y a su vez «impartir a las fuerzas militares, los servicios de inteligencia civil y militar, las fuerzas de seguridad, los funcionarios judiciales y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley una capacitación especializada apropiada sobre la investigación y resolución efectiva de los casos».

Asimismo «velar por que se investiguen sin demora y de manera imparcial y exhaustiva todas las acusaciones y denuncias de desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales sumarias, y todas las formas de uso ilícito de la fuerza asegurando que los autores directos y mediatos sean enjuiciados y, si son declarados culpables, castigados con sanciones proporcionales a la gravedad de los delitos».

También «velar por que las víctimas y sus familiares sean informados periódicamente de los progresos y los resultados de las investigaciones y reciban los documentos administrativos oficiales que exigen las normas internacionales; y por qué reciban una reparación integral, que incluya rehabilitación, una indemnización adecuada y garantías de no repetición», al tiempo que «acelerar la validación e implementación del Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas», referente en la ONU para investigar desapariciones forzadas.

Al cabo, el Comité exhortó a Venezuela a ratificar «la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas», ya reafirmada por 72 Estados en el mundo. Es el instrumento que define semejante crimen como «el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo, o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley»

Si lo hiciera, obligaría al gobierno de Nicolás Maduro a adaptar la definición del crimen que nos ocupa a la establecida en el seno de la ONU, y actuar en consecuencia. Quien esté en el poder en Caracas «recibirá del Comité en 2029, la lista de cuestiones previas a la presentación de su» próximo «informe periódico», igual al que viene de finalizar, en el plazo de un año, o sea en 2030. La ONU aspira a que sea consultado «ampliamente», con «la sociedad civil y las ONG’s que actúan en el país», un texto no más extenso de 21.200 palabras. «El próximo dialogo constructivo con» Venezuela, «tendrá lugar en 2031 en Ginebra». Una eternidad para las víctimas y los suyos.

Desde Ginebra, Juan Gasparini.

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