Gobierno de Ecuador rechaza la recomendación de juicio político a Lasso
EFE
El ministro ecuatoriano de Gobierno, Henry Cucalón, lamentó este sábado que la Asamblea Nacional «una vez más le haya fallado al país» al acoger el informe de la Comisión Ocasional, pues «este documento carece de validez jurídica, no es vinculante; y es un acomodo de retazos y rectificaciones», dijo.
El pronunciamiento lo realizó a través de un comunicado emitido poco después de que la Asamblea aprobase el Informe de una Comisión, que investiga supuestos actos de corrupción que involucran a un círculo cercano al gobernante Guillermo Lasso, y que recomendó el enjuiciamiento político de censura al mandatario.
El funcionario cuestionó «que -a antojo y conveniencia- el informe ha dejado afuera a personajes que debían ser investigados: ‘Un verdadero atentado a la razón y al sentido común’, señaló, según reza el comunicado del Ministerio de Gobierno.
Cucalón enfatizó que el Gobierno «nunca ha puesto en duda las facultades de control político que constitucionalmente tiene el Parlamento Nacional».
Sin embargo, rechazó que en esta ocasión «se pretenda fabricar una fábula para intentar configurar un juicio político contra del Presidente de la República; pues este no es un acto de fiscalización, sino de evidente desestabilización».
De igual manera, reprochó que «ante la crítica y burla de la opinión pública, como parte de las causales primero colocaron traición a la patria y luego se vieron obligados a retractarse».
Posteriormente propusieron comisión por omisión, en el numeral 2 del artículo 129 de la Constitución, lo cual calificó como «dantesco desde lo jurídico y aberrante desde lo político», además de agregar que «como toda buena ficción lleva una moraleja, lo que se construye sobre falsedades, se desmorona. Edificaron un caso con naipes de mentiras: se remueve uno y se derrumba todo».
Cucalón consideró que el informe «no llegará a ningún lado», por lo que indicó que ciertos sectores, al darse cuenta de esto «han salido con ocurrencias como declarar la incapacidad mental de Lasso o la amenaza de la violencia en las calles», reza el escrito.
«Queda demostrado que a ciertos asambleístas jamás les importó combatir la corrupción, sino que la misma fue un mero membrete para la persecución y la inestabilidad, y este informe es la prueba viva de aquello», sostuvo Cucalón.
Indicó que el informe no presenta evidencia alguna que vincule a Lasso con lo que se le pretende imputar, razón por la cual «no hay mérito alguno para un juicio de este tipo», anotó.
«Estos lamentables sainetes no distraerán la labor del Gobierno, que sigue trabajando por el bienestar de nuestro país. Estamos hoy entre la estabilidad democrática y la incertidumbre. Los ecuatorianos preferimos la estabilidad que permite trabajar en paz, emprender y progresar», concluyó.
Asamblea Nacional
Un total de 104, de los 125 asambleístas presentes en la sesión de este sábado aprobaron el informe, 18 votaron en contra y 3 se abstuvieron en la cita que tenía como tema exclusivo el debate del informe de la Comisión Especializada Ocasional por la Verdad, Justicia y la Lucha contra la corrupción en el caso denominado «Encuentro», también conocido como «El Gran Padrino».
La votación abrió paso para que un legislador presente la solicitud del juicio político de manera formal, lo que requiere el respaldo de, al menos, 46 legisladores.
El pasado miércoles, con seis votos a favor de la moción y uno en contra, la Comisión recomendó que el pleno de la Asamblea Nacional (Parlamento) interpele a Lasso por los supuestos actos de corrupción investigados.
Estos actos giran en torno a una presunta trama de corrupción en empresas públicas donde aparecen los empresarios Danilo Carrera, cuñado del presidente, y Rubén Cherres, un hombre cercano al oficialismo que también fue objeto de una investigación policial por su supuesta relación con una red de narcotráfico, que fue archivada.
La resolución se amparó en los numerales 1 y 2 del artículo 129 de la Constitución, sobre la posibilidad de un juicio político al Presidente por delitos «contra la seguridad del Estado» o por «concusión, cohecho, peculado (malversación) o enriquecimiento ilícito».
Ese artículo también establece que «para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo».
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