+VIDEO | Gerardo Blyde: «No existe razón jurídica para que un tribunal suspenda el revocatorio»
Sugey Díaz
«Nada esta escrito y todo depende de la movilización de la próxima semana», respondió el alcalde de Baruta y abogado constitucionalista, Gerardo Blyde, al ser consultado en Globovisión sobre si se dará o no el referendo revocatorio presidencial. Insiste en la organizar a la ciudadanía para superar las dificultades que el CNE coloca al RR.
Sostiene que jurídicamente no hay posibilidad de acabar con el revocatorio mediante una sentencia, como lo han advertidos desde el sábado varios voceros de la Mesa de la Unidad. «No existe ninguna razón jurídica para que un tribunal ya sea penal o la Sala Constitucional pueda suspender el derecho que tiene los venezolanos de manifestar si quiere que se realice un referendo revocatorio», recalcó.
Blyde recuerda que una vez aceptado el cumplimiento del requisito del 1%, «no puedes anular o suspender todo el proceso porque un grupo de firmas este en estudio, bajo sospecha o denunciadas», como lo piden voceros del chavismo.
El dirigente de la Mesa de la unidad Democrática aseguró que «es una farsa, vulgares mentiras» los argumento del Psuv que culpan a la oposición por no pedir elecciones regionales o aquellos que justifican la no convocatoria de los comicios por falta de recursos. «Nadie se tiene que montarse en unas elecciones que debe organizar el CNE y que tenían que estar en el presupuesto que debe haber formulado el año pasado».
«Y si fuera porque hay inflación, que la hay; entonces pida un crédito adicional a su propio gobierno que además los esta aprobando sin pasar por la Asamblea. Esto es una vulgar estafa al elector y a la democracia participativa», soltó.
Alcaldes destituidos
Gerardo Blyde desde recuerda que la asociación de Alcaldes por Venezuela denunció desde 2014 la destutición ilegal de alcaldes por parte del chavismo, que comenzó con Daniel Ceballos y Enzo Scarano y ya suma cinco mandatario municipales de la Unidad separados «ilegalmente de sus cargos».
«Existe un pronunciamiento judicial que determina una orden de detención, estamos ante una falta temporal no absoluta», aclaró.