Este martes será embargada la empresa Directv en Venezuela
Redacción 800 Noticias
Extraoficialmente se pudo conocer que este martes será embargada la empresa de telecomunicaciones Directv. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ejecutará la medida de embargo por 1.600 millones de bolívares. La compañía será embargada por uno de sus proveedores.
Directv es el proveedor de televisión satelital líder en toda Latinoamérica y el Caribe, con la “mejor experiencia” de televisión llegando a más de 19 millones de clientes.
Provee servicio en la región en más de 10 territorios, incluyendo Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Perú, Puerto Rico, Uruguay, Venezuela y el Caribe.
Click aquí puede leer la sentencia:
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 28 de Octubre de 2016
206º y 157º
ASUNTO: AH18-X-2016-000053
Vista la anterior demanda interpuesta por la sociedad mercantil CORPORACIÓN WIMAC SYSTEMS, C.A., debidamente inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el No. J-316766357 y por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 28 de septiembre de 2006, bajo el No. 55, Tomo 202-A-Sgdo., Expediente No. 673632, contra la sociedad mercantil GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 25 de abril de 1995, bajo el No. 15, Tomo 112-A-Pro., expediente 445443; por COBRO DE BOLIVARES y admitida como ha sido la misma, este Tribunal a los fines de proveer este
Tribunal hace las siguientes consideraciones:
Con vista a lo anterior, y sin que signifique apreciación in limine litis de los documentos aportados por la parte accionante, considera éste Tribunal que se encuentran llenos los extremos legales establecidos en los artículos 585 y 588 antes citados y, en consecuencia, que se hace procedente la petición de medida cautelar formulada por los apoderado judiciales de la parte actora. Así se declara.-
Para la practica de dicha medida se comisiona, amplia y suficientemente al respectivo Juez De Municipio Ejecutor De Medidas Preventivas Y Ejecutivas De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas (Distribuidor de Turno) a quien se le faculta en caso de ser necesario para designar depositaria judicial y perito avaluador. Líbrese Comisión junto con Oficio.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 8º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 28 de Octubre de 2016. 206º y 157º.
El Juez,
Abg. César A. Mata Rengifo
La Secretaria
Abg. Inés Belisario Gavazut
En esta misma fecha, siendo las 10:42 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg. Inés Belisario Gavazut
Asunto: AH18-X-2016-000053