Exponen que reforma a Ley de Registros dolariza de facto las obligaciones tributarias
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El pasado 16 de diciembre se publicó en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.668 la reforma de la Ley de Registros y Notarias que establece el Petro como unidad de cuenta para el pago de todos los trámites tributarios ofrecidos por el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (Saren).
El consultor y auditor tributario, Héctor Orochena, detalló en una entrevista para Banca y Negocios, sus objeciones a esta reforma que, desde su punto de vista, está orientada exclusivamente a generar una fuente de ingreso importante para el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (Saren).
Considera, además, que el fijar el Petro como unidad de medida para cuantificar el monto de las operaciones en registros y notarias representa un incremento exponencial de lo que se pagaba en los registros el año pasado por el mismo tipo de operaciones.
“Reconocer el Petro como unidad de cuenta, en el fondo, es aceptar la dolarización de la economía en términos tributarios. Todos sabemos que el Petro inicialmente fue valorado por el presidente Maduro en 60 dólares y el Petro normalmente aumenta su valor, en la medida que se incrementa el tipo de cambio; entonces, en el fondo lo que están es dolarizando el cobro de estas obligaciones tributarias”, explicó Orochena.
-Desestímulo al emprendimiento y a la formalidad-
El consultor y auditor tributario, Héctor Orochena, precisó que esta reforma, aprobada de forma inconsulta, sin concertación, es contraria a la Ley para el Fomento y Desarrollo de Nuevos Emprendimientos, aprobada por la Asamblea Nacional, que establece un régimen de beneficios fiscales para los emprendimientos de cierta categoría por un lapso de dos años.
En este sentido, explicó que el cobro tan alto de trámites que deben hacerse para registrar y legalizar una empresa desincentiva y afecta a los pequeños y nuevos empresarios, porque les impide materialmente formalizar cualquier idea de negocio, a través de los entes del Estado.
La reforma de la Ley de Registros y Notarías “estimula a la informalidad y esto no beneficia a nadie, ni a la economía, porque no cobras los impuestos de una empresa formalmente constituida, entonces termina siendo una perdida de recaudación por parte de estado venezolano” señaló.
“Por ejemplo, el sellado de libros, como dicta el Código de Comercio, tiene un costo de 300 Petros, que al multiplicarlos por el cambio en dólares es un cifra excesivamente alta. La constitución de consorcio cuesta 6.000 dólares, entonces son cifras que no se corresponden con la realidad económica del sector privado”, aseguró.
Como una “piedra de tranca” para la reactivación económica del país, calificó el consultor y auditor tributario el uso del Petro, argumentando que todo lo que se valora en función de esta criptomoneda no representa claridad y confianza al momento de realizar una transacción.
“El Petro no es la variable que debería considerarse, porque cambia su valor todos los días y, además, nadie sabe de dónde sale ese valor y eso crea incertidumbre en general” manifestó.
Sobre la unidad de medida contable adecuada, Orochena considera que la valoración en moneda extranjera no es la mejor de las variables, por lo que recomienda buscar una que funcione para todo evento tributario y así lograr mayor recaudación y más libertad para que los empresarios puedan desenvolver su actividad económica de forma rentable y fructífera.
“Yo recomendaría que se sinceraran las tarifas y que esa unidad de medida sea el resultado de una concertación, donde las partes, especialmente los afectados, sientan que ese dato calculado no es una piedra de tranca, sino que es el resultado de un verdadero acuerdo económico. Si tenemos una carga fiscal extremadamente alta y además no hay seguridad jurídica de esa obligación tributaria, no se estimula la inversión de otras empresas en el país”, precisó Orochena.
Por su parte, el presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, Juan Carlos Castillo, puso algunos ejemplos prácticos en una entrevista radial: «una copia certificada de una partida de nacimiento, en la ley derogada el cálculo era 1,5 unidades tributarias, ahora se va a apagar 0,3 petros tomando en cuenta el valor del petro que es US$56, dos páginas van a costar US$17, imagínense 15 páginas”.
“Otro ejemplo: un poder en la ley derogada tenía un costo de 4 unidades tributarias, hoy en día estos se eleva a 2 petros y estamos hablando de US$112”, resaltó.
Con información de BancaYNegocios