Emiten decreto que obliga a aceptar billetes circulantes de cualquier denominación
Agencias
La Alcaldía del municipio Caroní, en Ciudad Guayana, emitió un decreto que obliga a los comercios a aceptar billetes de cualquier denominación que pertenezcan al Cono Monetario de la República.
Según el decreto, publicado en Gaceta Municipal, quienes ejerzan actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar están obligados a recibir en sus transacciones billetes activos y en circulación en el cono monetario.
Asimismo, quedó “absolutamente prohibido realizar algún recargo, cuando la transacción se realice con tarjeta de débito o cualquier otra forma de pago electrónico”, reseña una nota de prensa emitida por la Alcaldía de Caroní.
Dentro de las sanciones del Decreto 002, firmado por el alcalde Tito Oviedo, destacan cierre de almacenes, depósitos o establecimientos por un plazo de 48 horas o multa de 10 mil UT a quienes se nieguen a aceptar billetes de baja denominación que estén en circulación.
Serán sancionados con un cierre de 72 horas o multas de 15 mil UT quienes realicen recargos en los precios, en razón que la transacción se realice a través de un medio electrónico (tarjeta de débito, crédito o transferencia).
Los establecimientos que reincidan se iniciará el procedimiento para suspender o revocar la licencia.