Eliminan requisito de entregar lista de beneficiarios en registro de ONG
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La administración de Nicolás Maduro publicó la Gaceta Oficial 42.118 donde se modifica la providencia Nº 002 con las cual se busca regular a las Organizaciones No Gubernamentales que hacen vida en el país.
A pesar de tener algunos cambios, los especialistas aseguran que continúa violando derechos e incumpliendo estándares internacionales que rigen a las organizaciones sin fines de lucro.
Mario D´Andrea, del Centro para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos en Venezuela, a través de su cuenta Twitter explicó que se sigue imponiendo el de ofrecer listado de organizaciones o entes de los cuales se recibe cooperación nacional o internacional.
2. Desarrolló mejor los requisitos generales de inscripción. No obstante, en los particulares a asociaciones civiles sin fines de lucro, sigue imponiendo el de ofrecer listado de organizaciones o entes de los cuales se recibe cooperación nacional o internacional.
— Mario D'andrea (@Mario91Dandrea) May 5, 2021
A pesar de que se eliminaron las sanciones de no inscribirse ante la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, aún genera desconfianza en quienes trabajan en pro de los derechos humanos en el país.
Otro de los cambios es que se eliminó el deber de aportar un listado de organizaciones sin fines de lucro aliadas y de personas beneficiarias de los programas y actividades desarrolladas por las asociaciones sin fines de lucro, señaló D´Andrea.
Por su parte, el abogado Alí Daniels, director de la ONG Acceso a la Justicia, afirmó que se mantiene la exigencia de presentar las actas constitutivas los estatutos sociales y las actas de nombramiento debidamente registradas.
Con esta decisión se viola la Ley de Certificaciones de Trámites Administrativos, manifestó Daniels.
Asimismo las ONG deberán entregar los recaudos, a fin de expedir unas credenciales que son las que permitirán que el representante legal cumpla con las funciones.
#AlertaLegal La publicación de esta nueva providencia no deja constancia en qué consisten esas “fallas” ni mucho menos indica que se trata de una modificación o reforma de la cuestionable providencia 001-2021, una situación que no brinda seguridad jurídica #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) May 6, 2021
«A pesar de lo cambios, la providencia nueva sigue sin cumplir los estándares internacionales sobre la legitimación de capitales» apuntó el vocero de Acceso a la Justicia.
Para Daniels, «la intención es tener información de las actividades sustantivas que llevan a cabo las organizaciones (…) esta providencia sigue violando elementos y derechos humanos fundamentales y sigue incumpliendo los estándares internacionales en la lucha contra la legitimación de capitales».
Punto de Corte