Duque objetará seis artículos de la Ley de Justicia Especial para la Paz - 800Noticias
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El presidente colombiano anuncia los cambios en la JEP, columna vertebral del acuerdo firmado con las FARC, que pedirá al Congreso para garantizar que haya justicia, reparación y que no se vuelva a repetir la violencia.

«He decidido realizar objeciones a seis de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz por razones de inconveniencia e invitar a que el Congreso de la República las debata constructivamente», manifestó el presidente colombiano, Iván Duque, este domingo (10.03.2019)  en una alocución al país. «No podemos tenerle miedo a abordar estos cambios de manera constructiva y sin ánimo de polarizar», concluyó el mandatario.

Entre los artículos objetados por Duque está el 150, referente a la extradición de personas por conductas posteriores a la firma del acuerdo final. «Es inconveniente debido a que no precisa lo que ya fue dicho en la ley de procedimiento de la JEP cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas. No hacer esa precisión afectaría gravemente la cooperación judicial de Colombia con otros países», afirmó.

Duque también objetó «por inconveniente» el artículo 153 porque condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo. «Esto produce un incentivo perverso para el ingreso a la JEP de terceros bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la Justicia de otros Estados», dijo.

Para buscar una genuina «reparación» el jefe de Estado objetó el artículo 7 «porque no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas». Justificó su posición en este sentido porque «los victimarios deben adelantar una reparación material con sus bienes y activos que satisfaga a las víctimas. Es lo mínimo que Colombia espera».

Duque también consideró inconveniente el inciso octavo del artículo 63 porque no determina el alcance de la competencia del Alto Comisionado para la Paz para verificar la lista de quienes son reconocidos como miembros de los grupos armados que se sometan a un proceso de paz. Igualmente consideró inconveniente para el país un inciso del artículo 79 sobre la suspensión de las actuaciones de la justicia ordinaria frente a personas cuyas acciones sean competencia de la JEP.

Finalmente, también objetó un párrafo del artículo 19 que trata de la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra en relación con quienes no son máximos responsables. Por todo ello dijo que presentará al Congreso una reforma constitucional para modificar el Acto Legislativo 01 de 2017 con el fin de que incluya «la exclusión de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes de la Justicia transicional». «Nada, ninguna ideología, justifica la aberrante agresión a los más vulnerables de la sociedad», dijo.

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