Duque anuncia máximo despliegue militar en zona más afectada por violencia - 800Noticias
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EFE

El presidente colombiano, Iván Duque, anunció este viernes «el máximo despliegue» de la asistencia militar para el departamento del Valle del Cauca (suroeste) y su capital, Cali, que  vivió una nueva oleada de violencia durante el sexto «paro nacional» en el que murieron al menos tres personas.

«A partir de esta noche empieza el máximo despliegue de asistencia militar a la Policía Nacional en la ciudad de Cali y en el departamento del Valle», expresó Duque en una declaración desde esa urbe, donde lidera un consejo de seguridad para atender la situación.

Bajo la figura de «asistencia militar», los soldados están desplegados en varias de las principales ciudades del país hasta que cesen los hechos que alteran el orden público y que comenzaron exactamente hace un mes.

¿Qué es el estado de conmoción interior?

En el capítulo 6 de la Constitución Política de Colombia es donde se ubican los artículos referentes al estado de conmoción interior. Allí lo primero que se expone, es que para declararse se necesita de la firma del jefe de Estado y de todos los ministros de su gabinete. Una vez salga el texto con cada firma, el Gobierno nacional tendrá las facultades estrictamente necesarias para repeler la agresión, defender la soberanía, atender los requerimientos de la guerra, y procurar el restablecimiento de la normalidad. Se trata de una figura creada para atender situaciones específicas como:

 Guerra exterior (estado de guerra exterior).

 Grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de atribuciones ordinarias de las autoridades de policía (estado de conmoción interna).

 Perturbaciones graves e inminentes, del orden económico, social y ecológico del país, o hechos que constituyan grave calamidad pública (estado de emergencia).

¿Qué puede hacer el presidente con el estado de conmoción?

Primero es claro señalar que, un estado de conmoción no puede durar más de 90 días, de llegar a perdurar más de ese tiempo requiere del concepto previo y favorable del Senado de la República. Según el artículo 213 de la Constitución Política, una vez se dé la declaración, el Gobierno tendrá las facultades extraordinarias para implementar decretos legislativos que suspendan las leyes incompatibles con el estado de conmoción. El presidente podría, según un resumen de El Tiempo, hacer lo siguiente:

 Restringir la movilidad ciudadana.

– Utilizar temporalmente bienes públicos y privados.

 Establecer, mediante decretos legislativos, restricciones a la radio y la televisión.

 Restringir manifestaciones que puedan perturbar el orden público.

 Disponer, con orden judicial verbal o escrita, la interceptación de comunicaciones.

 Disponer, con orden judicial y en algunos casos sin ella, la aprehensión preventiva de personas de quienes se tenga indicio de que cometieron o cometerán un delito.

– Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.

 Suspender alcaldes o gobernadores cuando contribuyan a la perturbación del orden público.

– Imponer contribuciones fiscales o parafiscales.

 Modificar el presupuesto.

– Disponer, en algunos casos sin autorización judicial previa, de inspecciones o registros domiciliarios para buscar pruebas judiciales o prevenir los delitos.

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