Documento | Gremio de abogados se declara en rebeldía ante «decisiones inconstitucionales del TSJ» - 800Noticias
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Redacción 800 Noticias

El Gremio de Abogados, representados por la Federación Nacional de Abogados (Impreabogados), los Presidentes de 21 Colegios Nacionales de los Estados: Amazonas, Anzoategui, Apure, Aragua, Barinas, Bolívar, Carabobo, Cojedes, Delta Amacuro, Distrito Capital, Falcón, Guarico, Lara, Merida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta, Portuguesa, Sucre, Tachira y Zulia, así como El Bloque Constitucional y las Organizaciones no gubernamentales; Fundeci, Foro Penal Venezolano, FIA, FAS, debatieron  este sábado en el  Colegio de Abogados del Distrito Capital el plan de acción ante la sistemática violación de la Constitución por parte del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que se dará a conocer en los diferentes estados y concluyeron declarándose en «rebeldía a las decisiones inconstitucionales del TSJ y defensores de la Constitución de la República».

Asimismo, exigen al gobierno de Nicolás Maduro que cese en su actividad pública y notoria de impedir el ejercicio de las atribuciones que competen a la Asamblea Nacional. 

Al Parlamento también le exigen tomar medidas inmediatas contra esta situación.

Manifiesto completo:

Plataforma por una Judicatura Independiente en Venezuela.
1. Reconocer que la Constitución de la República documenta el pacto fundamental que sienta las bases de la convivencia pacífica entre los venezolanos; que en dicho pacto se dividen y ordenan los poderes del Estado, se garantiza la separación de funciones entre los mismos, se reconocen y se configuranlos derechos fundamentales de los venezolanos para cuya realización es esencial la independencia del Poder Judicial.
2. Observar que la República vive una grave crisis institucional a causa de la violación intencional, pública,notoria y sistemática, de parte del Tribunal Supremo de Justicia, de la Democracia, la Constitución y el Estado de Derecho.
En particular, a) suprimió el control político de la Asamblea Nacional sobre  los estados de excepción, a cuyos efectos se desaplicaron normas de la ley que rige la materia y se soslayó lobligatoriedad de notificar las medidas de emergencia a los organismos internacionales de derechos humanos; b) se anuló la facultad parlamentaria de interpelar a laautoridades de los poderes Judicial, Ciudadano y Electoral,así como a los integrantes de la Fuerza Armada Nacional, con lo cual se afectaron los principios constitucionales de transparencia y rendición de cuentas; c) se afirmó que la mayoría calificada se alcanzaría, en todo caso, con 112 diputados, de modo que la oposición la habríperdido con la desincorporación de los 3 representantes de Amazonasd) se negó el control del Legislativo sobre el Banco Central de Venezuela y se acusó a la Asamblea Nacional de incurrir edesviación de poder y de atentar contra la estabilidad de leconomía por haber procurado que existieran los debidos controles;e) se sostuvo que en Venezuela no hay persecución judicial contra los opositores y que una Ley de Amnistía, como lsancionada, constituye una arbitrariedad; f) se limitó a la Asamblea Nacional para debatir y decidir autónomamente sobre la convocatoria y desarrollo de las sesiones, la elaboración, modificación y aprobación de lagenda parlamentaria, y la presentación de informes por las  comisiones; g) se estableció que la Asamblea Nacional no puede aprobar una enmienda destinada a disminuir el período de un Presidente de la República en ejercicio, que tenga efectinmediato; h) se negó la iniciativa parlamentaria para legislar sobre lorganización y funcionamiento de los poderes Judicial y Electoral, con lo cual cada uno de estos decidiríunilateralmente sobre las normas que los rigen; i) se suspendió la facultad de declarar mociones de censura; j) se centralizó en el Ejecutivo la elaboración y ejecución depresupuesto nacional sin posibilidad de control parlamentario; cuando tales competencias son exclusivas y excluyentes de la Asamblea Nacional, violentando con ello el Principio de Legalidad Presupuestaria que obliga al Presidente, de manera ineludible, a no realizar gasto que no haya sido previsto en Ley. La ejecución de un espuripresupuesto aprobado por la Sala Constitucional en estos términos, constituye una apropiación criminal de los fondos públicos; k) se extendió el monopolio del uso de la fuerza pública a militantes del PSUV y organizaciones afectas al oficialismo,mediante la con validación del decreto de estado de excepción; l) se obstaculizó la elección de nuevos magistrados del TSJ; m) se permitió al Ejecutivo firmar contratos de interés público y solicitar préstamos sin autorización de la Asamblea Nacionaln) se declaró un inexistente desacato de los directivos del Parlamento con la amenaza de emprender contra ellos procesos penales;o) se impidió la representación judicial autónoma de la Asamblea Nacional, a efectos de responder a todas lsanciones que en su contra ha intentado el oficialismo, pues lSala Constitucional determinó que debe ser defendida por abogados autorizados por la Procuraduría General de lRepública.
3. Advierte, por las razones que anteceden, la violación, por parte del Tribunal Supremo de Justicia, al principiconstitucional del Estado democrático, por cuanto edesconocimiento judicial, pero sin fórmula de juicio, de varias de las competencias constitucionales de la AsambleNacional, así como la suspensión indebida de la inmunidad constitucional de los diputados del estado Amazonas y de lrepresentación parlamentaria de dicho estado, dejan siefecto la decisión adoptada por los venezolanos, en ejercicide su derecho constitucional al sufragio, de elegir a sus representantes ante el órgano único del Poder Legislativo Nacional, y configuran la violación del principio de lsoberanía popular; ha intentado impedir que la Asamblea Nacional verifique si se incurrió en la violación al procedimiento constitucional en la elección y designación delos magistrados del Tribunal Supremo; ha contribuido a despojar a los venezolanos de su derecho fundamental a la justicia internacional en materia de derechos humanos(artículo 31 constitucional); ha desacatado sistemáticamentlas sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, incurriendo así en la violación a lnorma constitucional que obliga a su cumplimiento (artícul31 constitucional); y ha privado a los venezolanos de su derecho fundamental a una justicia imparcial, autónoma e independiente (artículo 26 constitucional). Advierte las privaciones ilegítimas de libertad, por violacioneal debido proceso de parte del Tribunal Supremo de Justicia,contra alcaldes del País. Advierte nalmente que, por causa de las actuaciones del Tribunal Supremo de Justicia, se ha desmantelado el Estadde Derecho, por lo que el Sistema de Justicia ha cesado en su legitimidad por la falta de magistrados autónomos y por hallarse al servicio del Gobierno y no de los ciudadanos; y la vigencia misma de la Constitución se ha hecho incierta.
Por las razones que anteceden, las organizaciones mencionadas en el encabezamiento de este documento:
1. Exigen al Gobierno Nacional que cese en su actividad pública y notoria de impedir el ejercicio de las atribuciones que competen a la Asamblea Nacional.
2. Exigen a la Asamblea Nacional que sancione de urgencia las reformas legislativas que fueren necesarias para garantizar a los venezolanos una justicia imparcial, autónoma e independiente, así como para asegurar el ejercicio de sus propias competencias.
3. Exigen de la Asamblea Nacional la ejecución inmediata de la decisión de anular las designaciones de magistrados ocurridas en diciembre del 2015 y que se inicie la aperturdel procedimiento de designaciones de quienes debesustituirlos.
4. Exigen de la Asamblea Nacional inicie la apertura del procedimiento para la declaración de nulidad de los restantes magistrados y sus suplentes.Insisten en la aplicación inmediata de la Carta Democrática.Instan a desconocer, en cada circuito judicial y ante los palacios de justicia, a los se dicentes magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y las sentencias por ellos dictadas.Se comprometen a dar inicio a una lucha por la defensa pacífica del orden constitucional de la República, del principio de la soberanía popular, de la división e independencia de los poderes públicos, por la libertad de los presos de conciencia y el cese de la persecución de los exiliados y disidentes políticos, así como en la tarea de recuperar y hacer efectivo para los venezolanos su derecho fundamental a una justicia imparcial, autónoma e independiente. El compromiso que precede y las denuncias que se han hecho se basan en los artículos 333 y 350 de lConstitución Nacional.
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