1. Reconocer que la Constitución de la República documenta el pacto fundamental que sienta las bases de la convivencia pacífica entre los venezolanos; que en dicho pacto se dividen y ordenan los poderes del Estado, se garantiza la separación de funciones entre los mismos, se reconocen y se configuranlos derechos fundamentales de los venezolanos para cuya realización es esencial la independencia del Poder Judicial.
2. Observar que la República vive una grave crisis institucional a causa de la violación intencional, pública,notoria y sistemática, de parte del Tribunal Supremo de Justicia, de la Democracia, la Constitución y el Estado de Derecho.
En particular, a) suprimió el control político de la Asamblea Nacional sobre los estados de excepción, a cuyos efectos se desaplicaron normas de la ley que rige la materia y se soslayó la obligatoriedad de notificar las medidas de emergencia a los organismos internacionales de derechos humanos; b) se anuló la facultad parlamentaria de interpelar a las autoridades de los poderes Judicial, Ciudadano y Electoral,así como a los integrantes de la Fuerza Armada Nacional, con lo cual se afectaron los principios constitucionales de transparencia y rendición de cuentas; c) se afirmó que la mayoría calificada se alcanzaría, en todo caso, con 112 diputados, de modo que la oposición la habría perdido con la desincorporación de los 3 representantes de Amazonas; d) se negó el control del Legislativo sobre el Banco Central de Venezuela y se acusó a la Asamblea Nacional de incurrir en desviación de poder y de atentar contra la estabilidad de la economía por haber procurado que existieran los debidos controles;e) se sostuvo que en Venezuela no hay persecución judicial contra los opositores y que una Ley de Amnistía, como la sancionada, constituye una arbitrariedad; f) se limitó a la Asamblea Nacional para debatir y decidir autónomamente sobre la convocatoria y desarrollo de las sesiones, la elaboración, modificación y aprobación de la agenda parlamentaria, y la presentación de informes por las comisiones; g) se estableció que la Asamblea Nacional no puede aprobar una enmienda destinada a disminuir el período de un Presidente de la República en ejercicio, que tenga efecto inmediato; h) se negó la iniciativa parlamentaria para legislar sobre la organización y funcionamiento de los poderes Judicial y Electoral, con lo cual cada uno de estos decidiría unilateralmente sobre las normas que los rigen; i) se suspendió la facultad de declarar mociones de censura; j) se centralizó en el Ejecutivo la elaboración y ejecución del presupuesto nacional sin posibilidad de control parlamentario; cuando tales competencias son exclusivas y excluyentes de la Asamblea Nacional, violentando con ello el Principio de Legalidad Presupuestaria que obliga al Presidente, de manera ineludible, a no realizar gasto que no haya sido previsto en Ley. La ejecución de un espurio presupuesto aprobado por la Sala Constitucional en estos términos, constituye una apropiación criminal de los fondos públicos; k) se extendió el monopolio del uso de la fuerza pública a militantes del PSUV y organizaciones afectas al oficialismo,mediante la con validación del decreto de estado de excepción; l) se obstaculizó la elección de nuevos magistrados del TSJ; m) se permitió al Ejecutivo firmar contratos de interés público y solicitar préstamos sin autorización de la Asamblea Nacional; n) se declaró un inexistente desacato de los directivos del Parlamento con la amenaza de emprender contra ellos procesos penales;o) se impidió la representación judicial autónoma de la Asamblea Nacional, a efectos de responder a todas la sanciones que en su contra ha intentado el oficialismo, pues la Sala Constitucional determinó que debe ser defendida por abogados autorizados por la Procuraduría General de la República.
3. Advierte, por las razones que anteceden, la violación, por parte del Tribunal Supremo de Justicia, al principio constitucional del Estado democrático, por cuanto el desconocimiento judicial, pero sin fórmula de juicio, de varias de las competencias constitucionales de la Asamblea Nacional, así como la suspensión indebida de la inmunidad constitucional de los diputados del estado Amazonas y de la representación parlamentaria de dicho estado, dejan sin efecto la decisión adoptada por los venezolanos, en ejercicio de su derecho constitucional al sufragio, de elegir a sus representantes ante el órgano único del Poder Legislativo Nacional, y configuran la violación del principio de la soberanía popular; ha intentado impedir que la Asamblea Nacional verifique si se incurrió en la violación al procedimiento constitucional en la elección y designación delos magistrados del Tribunal Supremo; ha contribuido a despojar a los venezolanos de su derecho fundamental a la justicia internacional en materia de derechos humanos(artículo 31 constitucional); ha desacatado sistemáticamente las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, incurriendo así en la violación a la norma constitucional que obliga a su cumplimiento (artículo 31 constitucional); y ha privado a los venezolanos de su derecho fundamental a una justicia imparcial, autónoma e independiente (artículo 26 constitucional). Advierte las privaciones ilegítimas de libertad, por violaciones al debido proceso de parte del Tribunal Supremo de Justicia,contra alcaldes del País. Advierte finalmente que, por causa de las actuaciones del Tribunal Supremo de Justicia, se ha desmantelado el Estado de Derecho, por lo que el Sistema de Justicia ha cesado en su legitimidad por la falta de magistrados autónomos y por hallarse al servicio del Gobierno y no de los ciudadanos; y la vigencia misma de la Constitución se ha hecho incierta.
Por las razones que anteceden, las organizaciones mencionadas en el encabezamiento de este documento: