¿Quiénes están exceptuados de la suspensión de deportaciones? - 800Noticias
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La medida anunciada por Donald Trump de suspender la deportación de venezolanos en situación irregular dentro del territorio de los Estados Unidos también deja claro las personas que quedan fuera de ser beneficiadas.  En el memorándum difundido en el portal web de la Casa Blanca y suscrito por el mandatario a pocas horas de culminar su mandato, se especifican 7  excepciones:

1- Quienes han regresado voluntariamente a Venezuela o su país de última residencia habitual fuera de los Estados Unidos.

2- Aquellos que no han residido continuamente en los Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021.

3- También son inadmisibles bajo la sección 212 (a) (3) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (8 USC 1182 (a) (3)) o removibles bajo la sección 237 (a) (4) de la INA (8 USC 1227 (a) (4)).

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4-Las personas que hayan sido condenados por cualquier delito mayor o 2 o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos, o que cumplan con los criterios establecidos en la sección 208 (b) (2) (A) de la INA (8 USC 1158 (b) (2) (A)).

5-Quienes que fueron deportados, excluidos o removidos antes del 20 de enero de 2021.

6-Personas sujetas a extradición.

7-Personas cuya presencia en los Estados Unidos, según ha determinado el Secretario de Seguridad Nacional, no es de interés para los Estados Unidos o representa un peligro para la seguridad pública;

8- Cuya presencia en los Estados Unidos el Secretario de Estado tiene motivos razonables para creer que podría tener consecuencias adversas de política exterior potencialmente graves para los Estados Unidos.

La decisión de Trump supone un guiño a la comunidad venezolana en Estados Unidos, en su mayoría residente en Florida, que le ha respaldado durante estos cuatro años por su beligerancia contra el Gobierno de Nicolás Maduro.

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