CPI rechaza pedido chavista de suspender facultades del fiscal Karim Khan
800noticias/ foto referencial
Los Jueces de la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional negaron la petición de la administración de Nicolás Maduro para suspender las facultades investigativas del Fiscal de la CPI.
En consecuencia, el fiscal Karim Khan seguirá investigando mientras se tramita la apelación contra decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares que lo autorizó a partir del 27 de junio pasado a reanudar la investigación por Crímenes contra la humanidad.
La Sala de Apelaciones de la CPI negó la solicitud del gobierno de suspender la facultad de investigar del Fiscal Khan mientras se conoce la apelación contra la decisión de continuar la investigar
Otra muestra de imparcialidad e independencia de la CPI
Traducción no oficial pic.twitter.com/QL5Iyi4ooJ— Alí Daniels (@alijdaniels) July 21, 2023
En decisión de este jueves 20 de julio, los jueces rechazaron los tres argumentos del gobierno para pedir el efecto suspensivo de las facultades investigativas del Fiscal de la CPI:
Primer argumento: Que la reanudación de las funciones investigativas del Fiscal tendría consecuencias irreversibles en el Memorándum de Entendimiento suscrito entre el Gobierno y la Oficina del Fiscal.
Respuesta de los Jueces: Venezuela no demostró que existe el riesgo de consecuencias irreversibles para el Memorándum de Entendimiento en especial porque el Fiscal de la CPI se ha comprometido a mantener la cooperación con el Estado.
Segundo argumento: La reanudación inmediata de la investigación (desde el 27 de junio) anularía el propósito de la apelación, porque el gobierno alegará (antes del 14 de agosto) por escrito, durante la apelación, que los hechos investigados por la Fiscalía no son de competencia de la CPI y por tanto la decisión de la Sala de Apelaciones podría dejar sin efecto las investigaciones.
Respuesta de los Jueces: Venezuela no explica cómo la reanudación de la investigación del Fiscal frustraría el propósito de la apelación en caso de que la Sala de Apelaciones determine que la Corte carece de competencia. En particular, Venezuela no especifica qué actividades de investigación llevarían a consecuencias irreversibles en caso de que la investigación fuera anulada en apelación.
Tercer argumento: Las investigaciones del Fiscal de la CPI que impliquen entrevistas con los mismos testigos y presuntas víctimas generaría “un trauma innecesario y mancillaría la integridad de la evidencia”.
Respuesta de los Jueces: El Estado solamente especula sobre las implicaciones de las actividades de la Fiscalía de la CPI en testigos y víctimas, y además no demuestra que la reanudación de la investigación del Fiscal daría lugar a consecuencias que “sería muy difícil corregir y que pueden ser irreversibles”.
En síntesis, los Jueces de la Sala de Apelaciones afirman no haber sido convencidos por Venezuela de que mantener las facultades investigativas del Fiscal Khan durante la apelación, tendría consecuencias que “serían muy difícil corregir” o que “podrían ser irreversibles”, o “podrían potencialmente derrotar el objeto del recurso”.
De esta forma, los Jueces de la Sala de Apelaciones niegan la solicitud del gobierno de suspender las facultades investigativas mientras dura la apelación, un recurso que puede tomar unos pocos meses para ser decidido. Esta decisión es similar a la tomada por los jueces en la Situación de Filipinas, donde también se negaron a suspender las facultades investigativas del Fiscal.
Lo importante es que el Fiscal seguirá investigando los Crímenes de Lesa Humanidad en Venezuela.
Llama la atención que el gobierno trate de bloquear las actividades investigativas del Fiscal argumentando que atentarían contra el Memorándum de Entendimiento, cuando se trata de dos facultades distintas de la Fiscalía de la CPI: las facultades investigativas y las funciones de cooperación y asistencia técnica. De allí que los jueces no hayan sido convencidos, en especial porque el Fiscal Khan ha sido claro en la cooperación y la asistencia técnica se mantienen aún durante la etapa de investigación.
También es muy contradictorio que un Estado que no ha garantizado los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición, se diga ahora preocupado porque la investigación del Fiscal de la CPI cause traumas innecesarios a víctimas y testigos y pueda además “mancillar la evidencia”.
Finalmente, se destaca la rapidez de la Sala de Apelaciones en resolver la solicitud de efectos suspensivos pedidos por el Estado, dejando claro que el Fiscal Khan puede seguir investigando. Los Jueces han respondido en tan solo tres semanas, mientras en Filipinas tomó dos meses. Sin duda, hay una decisión de la CPI en reducir los lapsos en todos los asuntos, al tiempo que en este caso los argumentos infundados, dilatorios y superficiales del Estado contribuyen a que los jueces puedan decidir con mayor celeridad este tipo de recursos inocuos.
La decisión de la Sala de Apelaciones de la CPI puede ser consultada en este vínculo 0902ebd18051283d.pdf (icc-cpi.int)
Más información en ⬇️ https://t.co/q6nMTadzeM
— PROVEA (@_Provea) July 21, 2023
Prensa Provea
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