Corte IDH reitera a Estado venezolano que Leopoldo López está habilitado
Redacción.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) reiteró al Estado venezolano que Leopoldo López, se encuentra plenamente habilitado para ejercer cargos públicos y que su negativa de revisar el artículo 105 de la Ley Orgánica de Contraloría representa un “evidente desacato” a la obligatoriedad de la sentencia sobre las inhabilitaciones políticas en la nación suramericana.
“El Estado ha incumplido su deber de informar sobre la ejecución de la sentencia emitida el 1 de septiembre de 2011 en el caso López Mendoza y ha asumido una actitud de evidente desacato respecto a la obligatoriedad de esta sentencia. Esta actitud del Estado es contraria al principio internacional de acatar sus obligaciones convencionales de buena fe y a lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Convención Americana , en los términos expuestos en los Considerandos 9 a 15 de la presente Resolución”.
Aunque de acuerdo a los lapsos administrativos, las inhabilitaciones de López vencieron en 2015, la Corte IDH reitera al Estado venezolano que: 1) debe adecuar el artículo 105 de la Ley Orgánica de Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, utilizado para la persecución política en Venezuela; 2) el CNE y los órganos competentes deben asegurar que Leopoldo López pueda inscribirse sin impedimentos como candidato a eventos electorales; 3) dejar sin efecto las resoluciones donde de manera inconstitucional se le inhabilita políticamente.