Corte de Estados Unidos: No se puede limitar acceso a las redes sociales a un agresor sexual
Agencias
El Tribunal Supremo de Estados Unidos anuló una ley de Carolina del Norte, que prohíbe que personas condenadas por agresión sexual participen en páginas web, como redes sociales, a las que pueden tener acceso menores de edad. La Corte consideró por unanimidad que la norma vulnera la Primera Enmienda de la Constitución, que blinda la libertad de expresión.
El fallo sentará un precedente porque es la primera vez que el Supremo ha debatido la imposición de límites al uso de redes sociales, que se han convertido en un ágora moderna esencial en la vida de muchos ciudadanos. En un país en que la libertad de expresión es un principio sagrado, la sentencia tendrá consecuencias políticas porque 13 Estados apoyaron la ley de Carolina del Norte, esgrimiendo que es importante dificultar a los agresores sexuales el acceso a información sobre víctimas potenciales. Algunos de esos Estados imponen restricciones al uso de redes sociales.
La máxima autoridad judicial estadounidense da la razón a Lester Packingham Jr., que recurrió ante el alto tribunal y que es una persona registrada como acosador sexual —una base de datos en la que debe estar inscrito durante 30 años— después de ser condenado en 2002 a 10 meses de cárcel por abusar de una menor.
Carolina del Norte aprobó en 2008 una ley que convirtió en delito que las personas registradas como acosadores sexuales utilicen páginas web que puedan llevar a interacciones con menores. La definición que hace la norma es de páginas que permitan el intercambio de información y no excluyan a menores, lo que incluye desde redes sociales, como Facebook o Twitter, hasta algunos medios de comunicación.
Packingham incumplió esa ley en 2010 cuando escribió un mensaje en Facebook para celebrar que no había sido multado por una infracción de tráfico: “Ninguna multa. Ningún coste judicial. Nada de nada. Gracias a Dios. Wow. Gracias, Jesús”. Un policía descubrió que Packingham lo había escrito con un seudónimo y acabó condenado a un cargo con libertad condicional.
El Supremo rechazó el argumento del Gobierno de Carolina del Norte de que la ley impone límites en el mundo virtual de la misma manera que se impide que un agresor sexual pueda acercarse a zonas en las que hay niños, como un parque. El Estado también alegaba que las restricciones no afectaban al conjunto de Internet.