Consultoría Jurídica de la AN rechaza sentencia del TSJ sobre validez de Parra - 800Noticias
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La Consultoría Jurídica de la Asamblea Nacional (AN) legítima calificó de «farragoso escrito» la declaración emitida por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen mediante la cual valida la elección  del diputado Luis Parra el pasado 5 de enero como presidente del órgano legislativo.

Mediante un comunicado divulgado este miércoles, la Consultoría señala que el  del TSJ chavista emitido el martes 26 no ofrece ningún análisis sobre lo ocurrido ese día en el Palacio Federal Legislativo.

«No se verificó el quórum reglamentario exigido para la validez de la instalación y de la decisión que se habría asumido con respecto a la referida elección», agrega el documento.

Y añade que solo hay una prolija relación de las supuestas sentencias dictadas para declarar
el “desacato” de la AN y una mención a las «bondades» de la llamada “mesita de noche para el diálogo”.

A continuación el texto completo del comunicado:   

En pronunciamiento de los “togados” operadores políticos del régimen madurista que
despachan desde el Palacio del Tribunal Supremo de Justicia, con sede en Dos Pilitas, se ha
pretendido declarar el día de ayer 26 de mayo de 2020 la validez de la elección del diputado
Luis Parra como Presidente de la Asamblea Nacional, supuestamente ocurrida en sesión
plenaria del día 5 de enero de 2020, en el Palacio Federal Legislativo.

Para ello, les ha parecido suficiente suscribir un muy farragoso escrito, en el cual no existe
ni análisis de prueba alguna sobre los hechos ocurridos ese día, ni sobre cómo se verificó el
quórum reglamentario exigido para la validez de la instalación y de la decisión que se habría
asumido ese día con respecto a la referida elección.

Solo existen, una prolija relación de las supuestas sentencias dictadas para declarar y ratificar
el “desacato” en que estarían incursos la Asamblea y sus integrantes; y, una forzada o no
espontánea mención a las bondades que ha proporcionado lo que se ha dado en denominar
“mesita de noche para el diálogo” que, en su criterio, permitiría superar ese “desacato”; todo
ello para concluir lo siguiente:

“se observa de las actas que conforman el presente expediente que, el 5 de enero de
2020…(omissis)…se llevó a cabo la elección con el quórum válido reglamentario para
la designación de la Junta Directiva para el período 2020-2021”; que “constituye un
hecho notorio comunicacional la sustracción del libro de asistencia de los
parlamentarios de la sesión del 5 de enero de 2020, trayéndose al efecto, lo que
aparece en la cuenta Twitter del ciudadano Stalin González el 6 de enero de 2020…
por lo que esta máxima instancia de la jurisdicción Constitucional declara válida la
Junta Directiva de la Asamblea Nacional designada el 5 de enero de 2020 para el
período 2020-2021, conformada de la siguiente manera: Luis Eduardo Parra Rivero
como Presidente, Franklin Duarte como Primer Vicepresidente y José Gregorio
Noriega como Segundo Vicepresidente”.

Luego de ello y tras haber hecho una detallada referencia a las sesiones convocadas por la
Junta Directiva de la Asamblea Nacional integrada por los diputados Juan Guaidó Márquez,
Juan Pablo Guanipa y Carlos Berrizbeitia, efectivamente celebradas desde el 5 de enero de
2020 hasta el 4 de febrero de 2020 (sin mención alguna a las celebradas posteriormente, lo
que pareciera indicar que desde entonces está redactado este documento) los mencionados
operadores políticos del régimen afirman que “queda prohibida la instalación de un
parlamento paralelo o virtual, que no tiene ningún efecto jurídico, y cualquier persona pública
o privada o institución que preste o ceda espacio para ello, será considerada en desacato; y
cualquier acto ejercido como tal es nulo.”

El país democrático debe saber que no existe en el referido pronunciamiento nada que pueda
desvirtuar lo que, efectivamente, ocurrió en la sesión del 5 de enero de 2020 y que está
expresado en la Lista de Votación de Diputados y Diputadas hecha pública en la página web
de la Asamblea Nacional el día 7 de enero de 2020, que da cuenta del quórum necesario
para instalarse y sesionar válidamente y de la holgada mayoría con la cual fue elegida la Junta
Directiva que preside el diputado Juan Guaidó Márquez.

He aquí dicha lista:
https://documentcloud.adobe.com/link/track?uri=urn%3Aaaid%3Ascds%3AUS%3A44e41
811-29d3-4302-9e9d-9365d074991a#pageNum=1. No es suficiente decir, simplemente, que
es un hecho notorio y comunicacional que dicha lista fue sustraída del libro de asistencia de los parlamentarios.

Consultoría Jurídica AN

 

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