Constituyente aprueba la ley de los Clap presentada por Bernal
AVN
La Asamblea Nacional Constituyente aprobó este viernes la Ley Constitucional de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (Clap), presentada en septiembre pasado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, para impulsar el aparato productivo del país.
El instrumento legal, conformado por 14 artículos y dos disposiciones finales, tiene como objetivo «regular la constitución, organización y funcionamiento de los Comité Locales de Abastecimiento y Producción» para así poder «asegurar la producción, abastecimiento y distribución de los alimentos» a precios justos.
En el texto, leído por la primera vicepresidenta de la ANC, Tania Díaz; se establece que los Clap «se conformará a escala local en cada una de las comunidades y sectores sociales del territorio nacional de forma flexible y en atención a las circunstancias de la realidad cultural, económica, política y social».
«El órgano del Ejecutivo Nacional responsable de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción determinará las distintas modalidades de niveles de organización, participación e integración de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción en lo referido en el número de personas, familias, requisitos, condiciones y registros para su debida constitución y funcionamiento», refiere el texto legal.
De igual forma, se señala que los Clap, que realizan actividades socioproductivas, forman parte del sistema económico comunal, por lo que será necesario que todos los comités estén inscritos en el Registro del Sistema Económico Comunal.
«El Comité Local de Abastecimiento y Producción, que desarrolla actividades socioproductivas forman parte del sistema económico comunal. A tal efecto, deberá inscribirse ante el ministerio del poder popular con competencia en materia de economía comunal. El órgano Ejecutivo nacional responsable del Comité Local de Abastecimiento y Producción establecerá las normas relativas a su organización y funcionamiento cuando desarrollen actividades socioproductivas. El Comité Local de Abastecimiento y Producción que desarrolle actividades socioproductivas se rige por lo previsto en esta ley constitucional y en la ley orgánica del sistema económico comunal, salvo a lo referido en su organización y funcionamiento», indica la ley.
De acuerdo con el instrumento legal, los Clap tendrán como valores y principios la «participación protagónica, corresponsabilidad, solidaridad, justicia, igualdad social, preeminencia de los derechos humanos, seguridad y soberanía alimentaria, primacía de los intereses colectivos, transparencia, contraloría social».
Esta ley, además, establece las funciones en materia de producción, abastecimiento y distribución de los Clap, así como el tema del financiamiento para adquirir los productos a precios justos, para luego ser entregadas a las personas más vulnerables del país.
Dicho documento legal entrará en vigencia cuando sea publicada en Gaceta Oficial.
Con la aprobación de esta ley, la Asamblea Nacional Constituyente ha aprobado seis de las ocho presentadas por el Ejecutivo nacional ante la instancia plenipotenciaria. Las otras aprobadas por el organismo son: Ley para la creación del Consorcio Agroalimentario del Sur (Agrosur), Ley de abastecimiento soberano y de precios acordados (Plan 50), Ley del Régimen Tributario para el Desarrollo Soberano del Arco Minero, Ley de promoción y protección de la inversión extranjera y la Ley sobre Unidad Tributaria Sancionatoria.