Conoce las 7 claves que debe saber sobre decreto de extensión del pasaporte
Agencias
El pasado martes el presidente de la República, Nicolás Maduro, firmó un decreto a partir del cual los pasaportes venezolanos que están por vencerse podrán ser prorrogados hasta por dos años, contados desde la fecha de su revalidación.
Este decreto, número 3.097 y publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.333, forma parte de las medidas tomadas por el Ejecutivo Nacional en el marco del Estado de Excepción y Emergencia Económica, que rige en el país desde 2016, para proteger y garantizar los derechos de los venezolanos y venezolanas.
Las siete claves:
1. El decreto presidencial establece la facultad de «adoptar medidas especiales que permitan garantizar la expedición del documento de viaje, así como un mecanismo que permita prorrogar su validez».
2. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra «el derecho de las personas de contar con una identidad reconocida por el Estado y la obligación del mismo de garantizar dicho derecho dentro y fuera del territorio nacional».
3. La medida indica que «se autoriza la prórroga de los pasaportes venezolanos (…) por un período de dos años, contados a partir de la fecha de su respectiva validación».
4. La Cancillería y el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz serán los encargados de dictar los lineamientos que correspondan a las secciones consulares y oficinas del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) para proceder a la prórroga del documento.
5. Dichas prórrogas no podrán vulnerar las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
6. Según cifras extraoficiales, en el 2016 se expidieron un total de 300 mil pasaportes, cifra muy inferior a la cantidad de solicitudes que se hicieron ese año, la cual ronda los 1,8 millones.
7. La extensión es de forma automática, no se necesita tramitar algún documento ante el Saime.