Condenan a tres Policarabobo por homicidio de un joven
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Tres funcionario de la Policía del estado Carabobo (Policarabobo) fueron condenados a más de 20 años de prisión por el homicidio de Maikol Antonio Leal Cohello (20).
Los funcinarios Kassandra Catherine Zambrano Balzán (24) y Marco Antonio Reinoso García (33), recibieron una pena de 28 años de cárcel, mientras que René Alejandro Martínez Mujica (23), funcionario perteneciente al mismo ente policial recibió 21 años de prisión por su vinculación con el caso.
El hecho ocurrió el 16 de junio de 2020 en las adyacencias de la Urbanización Boca de Río, ubicada en el municipio Valencia, capital del estado Carabobo, reseñó el Ministerio Público en su portal web.
Durante el referido día los funcionarios interceptaron arbitrariamente a la víctima en la entrada de la Urbanización Boca de Río y lo trasladaron hasta una zona boscosa del sector Pirital.
Como parte del proceso, Reinoso García le solicitó a Zambrano Balzán que eligiese entre los números 6 (negativo), 20 (herido) o 21 (muerto). La fémina escogió el último número, por lo que Reinoso García le dio disparo mortal en la cabeza y otro en el tórax a la víctima.
Ante la desaparición de Leal Cohello, su familia interpuso una denuncia en Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro (Conas) de la Guardia Nacional Bolivariana, quienes dieron conocimiento del caso al Ministerio Público y, luego de investigaciones, ubicaron el cuerpo de la víctima en la citada zona boscosa el 17 de julio de ese año.
Seguidamente, a través de las diligencias coordinadas por el Ministerio Público y ejecutadas por efectivos del Conas, se determinó la participación de los tres funcionarios policiales, quienes fueron aprehendidos el 18 de julio de 2020 en Valencia tras una orden de aprehensión emitida por el Tribunal 8° de Control.
Reinoso García fue sentenciado como autor del homicidio calificado con alevosía, agavillamiento y trato cruel. Por su parte, Zambrano Balzán fue acusado por como determinador en homicidio calificado con alevosía, agavillamiento y trato cruel.
De igual modo, a Martínez Mujica se le ratificó la acusación como cómplice necesario en el homicidio calificado con alevosía, agavillamiento y trato cruel.
El Tribunal 3° de Juicio de esa jurisdicción dictó las mencionadas condenas y ordenó la reclusión de los dos hombres en el Internado Judicial de Carabobo. A su vez, la dependencia judicial dictaminó que la mujer se mantenga recluida en el anexo femenino del mencionado recinto penitenciario.
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