¿Cómo? Juzgarán a hombre por conducir bajo los efectos de la cafeína
Quo.es
Siempre se ha dicho que tomar una taza de café antes de conducir es una buena medida de prevención cuando se va a realizar un largo viaje por carretera. Pero tal vez no sea tan buena idea hacerlo en el estado de California en el que, por primera vez, una persona podría ir a juicio por conducir bajo los efectos de la cafeína.
El protagonista de la historia es un ciudadano llamado Joseph Schwab que fue denunciado por la policía acusado de conducir bajo los efectos de las drogas. El problema es que las pruebas toxicológicas que le realizaron dieron negativo tanto en lo referente al alcohol como en las sustancias generalmente consideradas como drogas. De hecho, el conductor solo dio positivo en cafeína.
La denuncia no especifica que se le acuse de haber consumido dicha sustancia, pero podría hacerse legalmente ya que, según el código de circulación de dicho estado, se considera como droga a cualquier sustancia que afecte a las facultades del conductor dificultando de manera apreciable su habilidad para conducir.
Pero, ¿es realmente un peligro conducir bajo los efectos de la cafeína? Según los estudios realizados, parece que es al contrario, y que puede ser muy beneficioso siempre que la dosis sea baja. Como la de una taza de café, que contiene de media entre 80 y 200 miligramos, según la variedad de la que se trate.
En cambio, a partir de dosis superiores a los 400 miligramos si se han observado algunos efectos negativos, como un aumento de la ansiedad y del nerviosismo y un incremento de la frecuencia cardíaca, que podrían enturbiar la conducción. Aunque otra de las propiedades de esta sustancia es que actúa como un diurético, lo que provoca que ese exceso de cafeína se elimine rápidamente a través de la orina.
Pero, ¿podría producirse un caso similar en España? Según la legislación de nuestro país: «…será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas». Lo que no está claro es a partir de que dosis la cafeína puede entrar a figurar en una de esas categorías.